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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 / El Peruano cuales 12 correspondieron a improcedencias, equivalente al 29% de su producción, por lo que al restar dichas improcedencias a su avance del 10% este baja al 7%, lo cual sumado al bajo nivel resolutivo que presenta el 2° Juzgado Civil Permanente y el Juzgado Civil Transitorio de San Juan de Lurigancho, resulta evidente que no se estaría realizando una adecuada labor de ejecución ni supervisión en bene fi cio de los justiciables. 19) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Carabayllo, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que funciona con turno cerrado y con la misma competencia funcional que el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Carabayllo, al mes de junio de 2020 resolvió 63 expedientes de una carga procesal de 513 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 11%, cifra que fue inferior al avance de meta del 22% que debió presentar al mes de junio del presente año; mientras que el Juzgado Civil Permanente de Carabayllo resolvió 24 expedientes de una carga procesal de 324 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 4%, siendo preciso señalar que de los veinticuatro expedientes resueltos por este juzgado, 5 expedientes corresponden a improcedencias, cifra que aproximadamente representa el 21% de lo resuelto, además, al restar dichas improcedencias el avance de este juzgado permanente baja al 3%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional permanente a efecto de cubrir su alto nivel de ine fi ciencia, estaría recurriendo a resolver los expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, lo cual sumado al bajo nivel resolutivo que presenta también el Juzgado Civil Transitorio de Carabayllo, resultando evidente que no se estaría realizando una adecuada labor de ejecución ni supervisión en bene fi cio de los justiciables. 20) El Juzgado Civil Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos civiles, laborales y de familia, con excepción de violencia familiar, al mes de junio de 2020 resolvió 24 expedientes de una carga procesal de 368 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 8%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año, siendo preciso señalar que del total de expedientes resueltos por este juzgado, 19 expedientes corresponden a improcedencias, cifra que aproximadamente representa el 80% de lo resuelto, y además al restar las improcedencias el avance de este juzgado baja al 2%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional transitorio a efecto de cubrir su alto nivel de ine fi ciencia, estaría recurriendo a resolver los expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, por lo que resulta evidente que no se estaría realizando una adecuada labor de ejecución ni supervisión en bene fi cio de los justiciables. 21) El Juzgado Mixto Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos penales y turno cerrado para los procesos civiles, al mes de junio de 2020 no ha registrado data estadística a pesar que la fecha en la que entró funcionamiento fue anterior a la suspensión de labores del Poder Judicial, iniciada el 16 de marzo de 2020. 22) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos civiles, laborales y de familia, al mes de junio de 2020 resolvió 96 expedientes de una carga procesal de 475 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 8%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año, siendo preciso señalar que del total de expedientes resueltos por este juzgado, 27 expedientes corresponden a improcedencias, cifra que aproximadamente representa el 27% de lo resuelto, y además al restarle las improcedencias el avance de este juzgado transitorio baja al 6%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional transitorio estaría recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 23) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que funciona con turno abierto al ser el único juzgado civil del Distrito de Chorrillos, al mes de junio de 2020 resolvió 134 expedientes de una carga procesal de 1,168 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 22%, observándose que de los 134 expedientes resueltos por el Juzgado Civil Transitorio de Chorrillos, 25 expedientes correspondieron a improcedencias, lo cual equivale aproximadamente al 19% de lo resuelto por este órgano jurisdiccional transitorio, y además al restarle las improcedencias, el avance de este juzgado transitorio baja al 18%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional transitorio estaría recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 24) La Sala Civil Descentralizada Transitoria del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 145 expedientes de una carga procesal de 1,120 expedientes, lo cual equivale a un avance del 14%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año. 25) El 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto, que es el único encargado de la liquidación de los procesos bajo el amparo de la Ley Nº 26636 (LPT) en la Corte Superior de Justicia de Loreto y además, tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de junio del 2020 registró 138 expedientes resueltos de una carga procesal de 679 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 15%, cifra inferior al avance de meta del 22% al citado mes. Asimismo, el 3º Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas, que inició su funcionamiento el 1 de mayo de 2019 con un Cuadro para Asignación de Personal de nueve plazas, tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de junio del presente año registró 74 expedientes resueltos de una carga procesal de 486 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 8%, cifra inferior al avance de meta del 22% al citado mes; asimismo, el 2º Juzgado de Trabajo Permanente de Maynas, al mes de junio resolvió 24 expedientes de una carga procesal de 946 expedientes, con lo cual alcanzó un avance de meta del 3%, cifra muy por debajo del avance de meta del 22% que debió presentarse al mes de junio del presente año. De otro lado, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, mediante Informe N° 000010-2020-CSJLO-PJ, ha solicitado que se amplíe la competencia del 3° Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas para que atienda procesos bajo la Nueva Ley Procesal de Trabajo, y que el 1° Juzgado de Trabajo de Maynas le redistribuya la cantidad de 300 expedientes de apelación de AFPs, provenientes del Juzgado de Paz Letrado Laboral de Maynas; sin embargo, considerando que el 3° Juzgado de Trabajo Transitorio es un órgano jurisdiccional de “Descarga Procesal” y además, que recientemente, en el mes de julio se le ha redistribuido expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), se recomienda desestimar dicha solicitud. 26) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 132 expedientes de una carga procesal de 449 expedientes, lo cual equivale a un avance del 22%; mientras que el Juzgado Civil Permanente de Tambopata resolvió 83 expedientes de una carga procesal de 687 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 14%, por lo que no alcanzó el avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año, observándose que aproximadamente el 26% de la producción de este juzgado permanente, equivalente a 22 expedientes, corresponden a expedientes resueltos por improcedencias, y además al restarle las improcedencias el avance de este juzgado permanente baja al 10%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional permanente estaría resolviendo un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, por lo que no se estaría realizando una adecuada labor en bene fi cio de los justiciables. 27) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios mediante O fi cio N° 315-2020-P-CSJMD/ PJ ha solicitado la conversión del Juzgado Civil Transitorio de Tambopata como 2° Juzgado Civil Permanente de Tambopata; siendo preciso señalar que por Resolución Administrativa N° 152-2018-CE-PJ, se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial gestione los recursos presupuestales necesarios para fi nanciar, entre