NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / otros, la creación de seiscientos ochenta y seis órganos jurisdiccionales permanentes, de los cuales cinco juzgados especializados estarían asignados a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; además, el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 058-2019-CE-PJ dispuso que en lo posible no se atenderán solicitudes de conversión de órganos jurisdiccionales transitorios a la condición de permanentes, debido a que se encuentra pendiente la actualización de los estándares de expedientes principales resueltos, sobre todo en las especialidades de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, familia, civiles (puros, mixtos y comerciales), contenciosos administrativos y mixtos. Además, resulta preciso señalar que mediante el artículo noveno de la Resolución Administrativa N° 224-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial desestimó, entre otras, la referida solicitud de conversión a permanente del citado órgano jurisdiccional transitorio y debido a que dicha solicitud volvió a ser presentada, el Órgano de Gobierno volvió a desestimarla mediante el artículo undécimo de la Resolución Administrativa N° 343-2019-CE-PJ, señalando que debía atenerse a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 224-2019-CE-PJ. 28) El Juzgado Civil Transitorio de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua, que tramita con turno cerrado los procesos civiles y de familia, con excepción de violencia familiar, al mes de junio de 2020 resolvió 90 expedientes de una carga procesal de 340 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 15%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar a dicho mes, además, al restar las 12 improcedencias que registró, su avance baja al 13%; una situación similar se presentó en el Juzgado Civil Permanente de Ilo ya que durante el mismo período tampoco alcanzó el mencionado avance de meta pues resolvió 81 expedientes de una carga procesal de 504 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 14%, observándose que aproximadamente el 22% de la producción de este juzgado permanente, equivalente a 18 expedientes, corresponden a expedientes resueltos por improcedencias, por lo que al restarle dichas improcedencias el avance de este juzgado baja al 11%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional permanente estaría resolviendo un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, por lo que no se estaría realizando una adecuada labor en bene fi cio de los justiciables. 29) El Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Pasco, que tramita con turno cerrado los procesos de familia con excepción de los procesos de violencia familiar, al mes de junio de 2020 resolvió 139 expedientes de una carga procesal de 503 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 17%, el cual fue menor al avance de meta ideal del 22% que debió COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. 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