NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 65
65 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / Investigación, O fi cina de Administración, Unidad de Recursos Humanos, para fi nes de su competencia funcional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora ABIDAN TIPO YANAPA Secretario General 1886479-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo dispuesto en el D.U. Nº 063-2020 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1039-2020-MP-FN Lima, 22 de setiembre de 2020VISTOS:El O fi cio Nº 807-2020-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 154-2020-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: El Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, tiene por objeto reducir de manera temporal, por un período de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el fi nanciamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19). El numeral 6.1 del artículo 6 de la acotada norma, autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19; así también, en el numeral 6.4 del citado artículo, se señala que para efectos del fi nanciamiento de lo establecido en el numeral 6.1, se autoriza a las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, a realizar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios públicos a los que se re fi ere el artículo 2. Finalmente, se establece que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario o fi cial El Peruano. Conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, se señala que para efectos de realizar las transferencias fi nancieras a las que hacen referencia el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Decreto de Urgencia, quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, así como de la restricción establecida en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en los casos que correspondan. Las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de la presente disposición, habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus. A través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 220- 2020-EF se aprueba las Disposiciones Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19, conforme al Anexo adjunto que forma parte del precitado Decreto Supremo. Mediante Memorando Nº 000248-2020-MP-FN-GG- OGPOHU, la O fi cina General de Potencial Humano comunica a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto que el monto a ser transferido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, según lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, asciende a la suma de S/. 3 650,00 (TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES). Por lo tanto, resulta necesario aprobar la transferencia Financiera de recursos del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2020 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 3 650,00 (TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto y la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la referida Transferencia Financiera. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 022: Ministerio Público, Unidad Ejecutora 002: Gerencia General, hasta por la suma de S/ 3 650,00 (TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020. Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal, del Pliego 022: Ministerio Público, Unidad Ejecutora 002: Gerencia General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad: 5006269 Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y la O fi cina General de Finanzas de la Unidad Ejecutora 002: Gerencia General del Pliego 022: