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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / improcedencias de los avances del 7% y 13% que tienen dichos juzgados, estas bajan 5% y 10% respectivamente, lo cual evidencia que los referidos juzgados permanentes estarían recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 12) El 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Huacho, Provincia y Corte Superior de Justicia de Huaura, tramita con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de junio de 2020 resolvió 179 expedientes de una carga procesal de 1,001 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 20% inferior al avance de meta del 22% al citado mes; razón por la cual, resulta necesario que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura evalúe la idoneidad del magistrado y personal jurisdiccional del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho; y que la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior y el magistrado de dicho órgano jurisdiccional informen al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre las razones del bajo nivel resolutivo. 13) El Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica, que tramita con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y la liquidación de los procesos laborales bajo la Ley N° 26636 (LPT), al mes de junio de 2020 resolvió 261 expedientes de una carga procesal de 924 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 32%; mientras que el 3º Juzgado de Trabajo Permanente de Ica, registró durante el mismo período 135 expedientes resueltos de una carga procesal de 603 expedientes y un avance del 15%, el cual fue inferior al avance de meta del 22% al citado mes. 14) El Juzgado Civil Transitorio de San Pedro de Lloc, Corte Superior de Justicia de La Libertad, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 136 expedientes de una carga procesal de 604 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 23%; mientras que el Juzgado Civil Permanente de San Pedro de Lloc resolvió durante el mismo período solo 49 expedientes de una carga procesal de 1,326 expedientes, obteniendo un bajo avance del 8%, el cual fue mucho menor al avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año, siendo que dicho avance baja al 7% si le restan los 8 expedientes resueltos mediante las improcedencias que equivalen al 17% de la producción del Juzgado Civil Permanente de San Pedro de Lloc, lo cual evidencia que este juzgado permanente estaría recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 15) La Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, que apoya con turno cerrado a las cuatro Salas Especializadas en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; al mes de junio de 2020 no ha registrado data estadística a pesar que el literal g) del artículo decimonoveno de la Resolución Administrativa N° 091-2020-CE-PJ dispuso que las cuatro Salas Especializadas en lo Contencioso Administrativo Permanentes le redistribuyan cada una 110, 400, 450 y 700 expedientes en etapa de trámite, los cuales suman un total de 1660 expedientes que no ingresaron a la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitoria de Lima. Al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante O fi cio Nº 000266-2020-P-CSJLI- PJ, con base al O fi cio N° 000280-2020-UPD-GAD-CSJLI- PJ y el Informe N° 000058-2020-CEP-UPD-GAD-CSJLI-PJ de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esa Corte Superior, señala que Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitoria de Lima recién empezó a recibir expedientes físicamente a partir del 20 de julio de 2020; y por tal motivo no ha tenido tiempo sufi ciente para poder presentar producción alguna. 16) El 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo previsional (PCAP), al mes de junio de 2020 registró 182 expedientes resueltos de una carga procesal de 910 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 20%, cifra inferior al avance de meta del 22% al citado mes; mientras que el 23° Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma Corte Superior, que inició su funcionamiento el 5 de noviembre de 2012 con un Cuadro para Asignación de Personal de siete plazas y tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo previsional (PCAP), al mes de junio de 2020 registró 249 expedientes resueltos de una carga procesal de 1,099 expedientes, con lo cual obtuvo un avance del 28%. Asimismo, el 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 36º y 37º Juzgados de Trabajo Permanentes resolvieron en promedio 72 expedientes, cifra menor en comparación a los 216 expedientes que en promedio resolvieron el 1º y 23º Juzgados de Trabajo Transitorios, lo cual evidencia que los órganos jurisdiccionales permanentes resuelven menos que los órganos jurisdiccionales transitorios que los apoyan; por otro lado, el 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 36º y 37º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima presentan un avance promedio de 8%, cifra menor a la mitad del avance de meta del 22% al mes de junio. Asimismo, el 32° y 34° Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima presentan una elevada cantidad de expedientes resueltos por improcedencias, que en promedio equivale a un 37% del total de resueltos, lo cual signi fi ca que estos órganos jurisdiccionales permanentes, se estarían concentrando en mayor proporción a resolver los expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, por lo que no estarían realizando una adecuada labor en bene fi cio de los justiciables; siendo preciso señalar que mediante el artículo undécimo de la Resolución Administrativa Nº 224-2019-CE-PJ de fecha 29 de mayo de 2019, se dispuso que la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior, veri fi que e informe a la brevedad al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al desempeño e improcedencias del 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 36º y 37º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de marzo de 2019 fue inferior al porcentaje de avance ideal del 18%, informe que aún no ha sido recibido, habiéndose reiterado el cumplimiento de dicha disposición mediante el artículo duodécimo de la Resolución Administrativa Nº074-2020-CE-PJ de fecha 19 de febrero de 2020, a efecto que se dé cumplimiento en un plazo máximo de 15 días calendario, sin obtener respuesta a la fecha. 17) El 14º, 15°, 25° y 26° Juzgados de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, encargados de tramitar los procesos laborales bajo el amparo de la Ley Nº 26636 (LPT), al mes de junio de 2020 han registrado un avance promedio del 12%, cifra inferior al avance de meta del 22% que debieron registrar a dicho mes; siendo pertinente señalar que mediante O fi cio N° 252-2020-P-CSJLI-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima informó sobre la conclusión de la designación del señor Narciso Fidel Huamaní Macetas como juez supernumerario del 15° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima; y la designación del señor Julio César Ramos Ávila como juez supernumerario de dicho juzgado transitorio 18) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, que tramita con turno abierto los procesos de la especialidad civil, al mes de junio de 2020 resolvió 68 expedientes de una carga procesal de 1,027 expedientes, lo cual equivale a un avance del 11%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió presentarse al mes de junio del presente año; mientras que los tres Juzgados Civiles Permanentes de San Juan de Lurigancho han registrado un bajo avance promedio de 10% al registrar 43 expedientes resueltos en promedio, siendo el 1° Juzgado Civil Permanente de San Juan de Lurigancho el que presentó el menor nivel resolutivo, ya que al citado mes presentó un avance del 3% al registrar 13 expedientes resueltos de una carga procesal de 657 expedientes, siendo preciso señalar que del total de expedientes resueltos por este juzgado, seis expedientes corresponden a improcedencias, cifra que aproximadamente representa casi el 50% de lo resuelto, y que al restar dichas improcedencias a su avance, este baja al 2%, lo cual evidenciaría que este órgano jurisdiccional permanente a efecto de cubrir su alto nivel de ine fi ciencia, estaría recurriendo a resolver los expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite; asimismo, el 3° Juzgado Civil Permanente de San Juan de Lurigancho resolvió 41 expedientes, de los