Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2020 (26/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención de la COVID-19, según lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, correspondiente al mes de julio del 2020. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Encárguese a la Gerencia de Administración, remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ositrán (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1887719-1

Artículo 2.- DESIGNAR a la señora SONIA VIDALÓN PALOMINO como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la SUNASS en caso de ausencia de la responsable mencionada en el artículo 1. Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) y se coloque una copia en un lugar visible en cada sede administrativa de la SUNASS. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución No 017-2015-SUNASS-PCD. Regístrese y comuníquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente Ejecutivo 1887668-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan responsables titular y suplente de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la SUNASS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA NO 036-2020-SUNASS-PE Lima, 22 de setiembre de 2020 VISTO: El Memorándum No 067-2020-SUNASS-OCII de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional (OCII) de la SUNASS. CONSIDERANDO: Que, la Ley No 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo No 0212019-JUS, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Que, los artículos 3 y 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo No 072-2003-PCM, establecen que las entidades, mediante resolución de la máxima autoridad, deben designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la SUNASS. Que, mediante resolución No 017-2015-SUNASSPCD se designó a las responsables titular y suplente encargadas de la mencionada actualización. Que mediante Decreto Supremo 145-2019-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, en el cual se dispuso que la OCII tiene como una de sus funciones administrar y mantener actualizada la información contenida en el portal antes indicado. Que, en ese sentido, la mencionada oficina, ha propuesto la designación de las responsables titular y suplente. De conformidad con el artículo 8 del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de los artículos 3 y 4 de su reglamento y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS. SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señora CYNTIA LUCÍA ESPINOZA MENACHO como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la SUNASS.

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan Acuerdo de Consejo Directivo que aprueba la Directiva "Normas para el procedimiento de atención de denuncias y actuación de oficio en el marco de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000078-2020-SERVIR/PE Lima, 22 de septiembre de 2020 Vistos; el Informe Técnico Nº 000096-2020-SERVIRGDSRH y el Memorando Nº 000332-2020-SERVIRGDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado con la finalidad de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil peruano; Que, el artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y la Ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquellas se deriven; Que, el numeral 2 del artículo 47 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los entes rectores de los sistemas administrativos tienen la función de expedir las normas reglamentarias que regulen el Sistema; Que, el literal b) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1023 señala que una de las atribuciones de SERVIR es la supervisora, la cual está destinada al seguimiento a las acciones de las entidades del sector público, en el ámbito de su competencia. De igual manera, el artículo 13 del referido Decreto Legislativo prescribe que el ejercicio de esta atribución comprende: a) revisar, en vía de fiscalización posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de las políticas y normas del Sistema; y, b) recomendar la revisión de las decisiones y actos de la entidad, y las medidas correctivas para fortalecer a la Oficina de Recursos Humanos correspondiente, así como dar seguimiento a su implementación; Que, en atención a la normatividad antes mencionada, SERVIR en su condición de ente rector del Sistema

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