Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2020 (26/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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de Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica o las que hagan sus veces en el Pliego, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano y se realizan sin contar con la previa suscripción del convenio respectivo entre el FONDECYT y las entidades públicas o universidades privadas, debiendo suscribirse los convenios correspondientes en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario posteriores a la culminación del Estado de Emergencia Nacional establecido mediante Decreto Supremo N° 044-2020PCM y las normas que lo prorrogan, o un (1) mes antes de que concluya el programa o proyecto de investigación que se cofinancia lo que ocurra primero; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en adelante la Directiva, modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019 y 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020; Que, el numeral 7.2 de la Directiva, modificado a través del Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020, establece en la Segunda Disposición Complementaria Final un procedimiento para la ejecución de las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco del Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1473, de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, así como las universidades privadas; Que, los literales b) y c) del numeral 7.2 de la Directiva, señalan que corresponde a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, validar el Plan Operativo de cada uno de los Proyectos de Investigación ganadores de la Convocatoria, para cuyo efecto realiza las coordinaciones con los subvencionados beneficiarios, así como solicitar la certificación presupuestal correspondiente; Que, el literal d) del numeral 7.2 de la Directiva, señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa y aprueba la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario. Asimismo, el literal e) del citado numeral, establece que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica serán los responsables de elaborar y suscribir el Informe Técnico ­ Legal que sustenta la transferencia financiera y/o el otorgamiento de subvención, al cual se adjuntará el proyecto de Resolución de Presidencia elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, siendo los montos considerados en el Informe Técnico­Legal los indicados por la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; Que, mediante el Proveído Nº 104-2020-FONDECYTDE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas por un importe total ascendente a S/ 70,999.00 (Setenta Mil Novecientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar los proyectos declarados beneficiarios del concurso del Esquema Financiero E067-2020-01 denominado "Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19", para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 048-2020-FONDECYTUSM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, para el desarrollo de los

proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 890-2020, 893-2020 y 906-2020, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 032-2020-FONDECYT-DE, que aprueba el listado de beneficiarios del concurso del citado esquema financiero; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP y modificatorias, en las bases del concurso, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC cumplen con el informe favorable requerido por el citado Decreto Legislativo N° 1473; Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico Legal mencionado; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, por la suma total de S/ 70,999.00 (Setenta Mil Novecientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) del Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 0672020-01 denominado "Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19", conforme a lo siguiente:

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