Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2020 (26/09/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

50
7.2. Etapa 2: Ejecución de la supervisión

NORMAS LEGALES

Sábado 26 de setiembre de 2020 /

El Peruano

7.2.8. Contenido de la denuncia La denuncia deberá contener, como mínimo: a) Nombre de la entidad pública; b) Nombre e identificación del denunciante; c) La precisión de la actuación que realizó u omitió realizar o del acto que emitió la entidad pública, con la que incumpliría las normas y políticas del SAGRH; d) Dirección física o electrónica a donde se le dirigirán las comunicaciones; e) Los medios de prueba que considere necesarios, de corresponder. 7.2.9. Atención de la denuncia 7.2.9.1. La sola presentación de la denuncia no da mérito al inicio de las acciones de supervisión, pudiendo requerirse con anterioridad a la emisión del Oficio de Inicio de Supervisión o a la Comunicación de Visita de Supervisión, información o documentación a la entidad pública o al denunciante con fines indagatorios. 7.2.9.2. Evaluada la denuncia, junto con la documentación y la información con la que cuente, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR: a) Emite el Oficio de Inicio de Supervisión o la Comunicación de Visita de Supervisión, en caso existan indicios de presunto incumplimiento de las normas y políticas del SAGRH; o, b) Recibe del/de la Ejecutivo/a de Supervisión y Fiscalización el informe motivado, en caso no haya merito para iniciar acción de supervisión alguna, por no existir incumplimiento, no ser materia de supervisión u otro motivo. 7.2.9.3. En ambos supuestos descritos en el numeral precedente, el/la Ejecutivo/a de Supervisión y Fiscalización de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR deberá comunicar al denunciante el resultado de su denuncia. 7.3. Etapa 3: Resultados de la supervisión 7.3.1. Informe de resultados 7.3.1.1. Las actuaciones efectuadas en la supervisión realizada a la entidad supervisada estarán contenidas en el informe de resultados, con el cual se concluyen las acciones de supervisión. 7.3.1.2. Es emitido por el/la Ejecutivo/a de Supervisión y Fiscalización y aprobado por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR. Debe contener como mínimo: a) Los antecedentes que dieron origen a la acción de supervisión; b) La normativa del SAGRH aplicable; c) La descripción de las actividades o procesos materia de supervisión; d) El resumen de las alegaciones de la entidad supervisada; e) El análisis de la información y/o documentación recabada en la ejecución de la supervisión. f) La descripción del cumplimiento o del incumplimiento, según corresponda, señalando la normativa del SAGRH del caso; g) Las conclusiones,recomendaciones y/o medidas correctivas del caso. 7.3.1.3. La Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR recibe el Informe de resultados y, de dar conformidad, lo comunica a la entidad supervisada y al denunciante, este último de corresponder. 7.3.2. Modos de conclusión de la acción de supervisión 7.3.2.1. Las acciones de supervisión de SERVIR podrán concluir en: a) La confirmación del cumplimiento de las normas y políticas del SAGRH;

7.2.1. En esta etapa, se ejecutan las acciones de supervisión a efectos de verificar el cumplimiento o determinar el incumplimiento de las normas y políticas del SAGRH. 7.2.2. Se inicia con la recepción por parte de la entidad supervisada de la Comunicación de Visita de Supervisión o del Oficio de Inicio de Supervisión, según corresponda. 7.2.3. Comunicación de Visita de Supervisión 7.2.3.1. La emite la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR y es entregada por el Equipo de Supervisión al momento de su presentación en la entidad supervisada. Debe consignar como mínimo: a) Nombre y dirección de la entidad supervisada; b) Las actuaciones o actos relacionados al SAGRH que serán materia de supervisión; c) Nombres e identificación de los integrantes del Equipo de Supervisión; d) Lugar, fecha y hora en la que se realiza la visita de supervisión; e) Firma del/aGerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR. 7.2.4. Acta de Supervisión 7.2.4.1. La extiende el Equipo de Supervisión con posterioridad a la Visita de Supervisión y debe contener, como mínimo: a) Lugar, fecha y hora de inicio y de término de la visita de supervisión; b) Nombres e identificación de los integrantes del Equipo de Supervisión; c) Nombre, dirección y número de RUC de la entidad supervisada; d) Nombres e identificación del/ a representante de la entidad supervisada presente durante la supervisión. De preferencia deberá ser el/a jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces; e) Tipo de supervisión; f) Dirección física o electrónica donde se dirigirán las comunicaciones; g) Detalle del objeto de la supervisión, de las ocurrencias o hechos materia de verificación y de la información o documentación recabada; h) Requerimientos de información efectuados durante la supervisión; i) Hechos u ocurrencias que hayan sido objeto de subsanación durante el desarrollo de la supervisión, con precisión del hecho, acto o actuación de enmienda; j) Manifestaciones u observaciones de la entidad supervisada, de corresponder; k) Nombres y firmas de los que participaron en la visita de supervisión. 7.2.5. Oficio de Inicio de Supervisión 7.2.5.1. Es suscrito por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR. 7.2.6. Inicio de supervisión de oficio 7.2.6.1. Se efectúa cuando la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR cuenta con elementos suficientes que le hagan presumir el incumplimiento de las normas y políticas del SAGRH, en coordinación con el/ la Ejecutivo/a de Supervisión y Fiscalización. 7.2.7. Inicio de supervisión por denuncia Las denuncias pueden ser presentadas por cualquier persona natural o jurídica que tenga conocimiento de algún presunto incumplimiento de las normas y políticas del SAGRH, contando con los siguientes canales: 7.2.7.1. Por escrito: dirigido a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, el cual deberá ser presentado en la Mesa de Partes. 7.2.7.2. Por medio virtual: Mediante el correo electrónico supervision@servir.gob.pe y otros canales que implemente la entidad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.