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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (29/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 29 de abril de 2021 / El Peruano reinicio progresivo del servicio educativo presencial y semipresencial en el año 2021, de manera segura, gradual y fl exible en las Instituciones Educativas Públicas y dicta otra disposición; autoriza excepcionalmente, al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2021, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Centro Vacacional Huampaní, hasta por la suma de S/ 9 000 000,00 (NUEVE MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para fi nanciar los gastos corrientes vinculados a la continuidad de la operatividad del Centro Vacacional Huampaní que se hayan visto afectados por una menor recaudación, captación u obtención de ingresos públicos por fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, por efecto de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; estableciendo que dichas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último; para lo cual exceptúa al Centro Vacacional Huampaní de lo establecido en los artículos 39 y 72 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante el O fi cio N° 052-2021-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional a favor del Centro Vacacional Huampaní, para fi nanciar los gastos corrientes, correspondiente a los meses de abril a julio de 2021, vinculados a la continuidad de su operatividad que se hayan visto afectados por una menor recaudación, captación u obtención de ingresos públicos por fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, por efecto de la Emergencia Sanitaria producida por la COVID-19, al amparo de la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2021; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00290-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el O fi cio N° 00173-2021-MINEDU/SPE-OPEP, de la citada O fi cina, que remite el Informe N° 00437-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP con información complementaria; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 0305- 2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que en estricta sujeción a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, informa el costo para el fi nanciamiento del personal Activo, Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y Dietas al Directorio, correspondiente al Centro Vacacional Huampaní; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 2 175 404,00 (DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Centro Vacacional Huampaní, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para el reinicio progresivo del servicio educativo presencial y semipresencial en el año 2021, de manera segura, gradual y fl exible en las Instituciones Educativas Públicas y dicta otra disposición; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 2 175 404,00 (DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Centro Vacacional Huampaní, para fi nanciar los gastos corrientes vinculados a la continuidad de su operatividad, correspondiente a los meses de abril a julio de 2021, en el marco de lo señalado en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 021-2021; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5006269 : Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirusFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 2 175 404,00 ========== TOTAL EGRESOS 2 175 404,00 ========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 111 : Centro Vacacional HuampaníUNIDAD EJECUTORA 001 : Centro Vacacional HuampaníCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales 344 019,002.3 Bienes y Servicios 985 141,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5001188 : Servicios de alquileres y comercio de alimentosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 846 244,00 ========== TOTAL EGRESOS 2 175 404,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. Los Titulares del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo