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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (29/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Jueves 29 de abril de 2021 El Peruano / General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 00504-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00327-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2020 DE/FAP, se designa al Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD, para ocupar el cargo de Asesor en Organismos Internacionales de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 2 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022; Que, a través del Mensaje Común Nº 000405-2021-EMGRA/FAP, la Jefatura del Estado Mayor General de la FAP solicita a la Dirección General de Personal disponer las acciones administrativas para la formulación del proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje, en comisión especial en el exterior, del Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD; Que, mediante Informe Legal Nº 005-2021-EMAJ, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la FAP emite opinión favorable en relación a la autorización del viaje al exterior, del mencionado O fi cial Superior, del 30 de abril de 2021 al 31 de diciembre de 2022; Que, con los O fi cios EXTRA FAP Nº 000563-2021-SECRE/FAP y Nº 000614-2021-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita tramitar la autorización de viaje del Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD, para ocupar el cargo de Asesor en Organismos Internacionales de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 30 de abril de 2021 al 31 de diciembre de 2022, autorizando su salida del país el 29 de abril de 2021 y su retorno el 1 de enero de 2023; Que, mediante la Exposición de Motivos, suscrita por el Director de Asuntos Internacionales del Estado Mayor General de la FAP y adjunta al O fi cio EXTRA FAP Nº 000614-2021-SECRE/FAP, se precisa que es importante para los intereses institucionales autorizar el viaje en comisión especial en el exterior del citado Coronel, lo cual permitirá contribuir de manera e fi ciente y e fi caz en el cumplimiento de la misión asignada a la Secretaría y al actual Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de los Estados Americanos (JID-OEA); Que, con Hoja de Gastos Nº 0015 DGVC-ME/SIAF- SP, suscrita por del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y tarifa única por uso de aeropuertos (titular, cónyuge e hijo), gastos de traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2021, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000013 y Nº 0000000053, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2021, debiendo imputarse los pagos correspondientes a los años posteriores al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, considerando la duración de la comisión especial en el exterior, el Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD realizará el viaje al exterior en compañía de su señora esposa y su menor hijo, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del O fi cial Superior designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, a través del O fi cio Nº 00504-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico Nº 095-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión técnica favorable para la autorización del citado viaje; Que, mediante el Informe Legal Nº 00327-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD, para ocupar el cargo de Asesor en Organismos Internacionales de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), conforme a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Coronel FAP Ricardo Antonio VERA REDHEAD, identi fi cado con NSA Nº O-9571489 y DNI Nº 43348909, para