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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (20/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021 El Peruano / Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1983900-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000087-2021-P-CE-PJ Lima, 18 de agosto del 2021 VISTO: El O fi cio Nº 000085-2021-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor Daniel Carrillo Mendoza, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 037-96-CNM, del 21 de febrero de 1996, nombró al señor Daniel Carrillo Mendoza en el cargo de Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Lambayeque-Jaén; y por Resolución Nº 332-2006-CNM, del 21 de noviembre de 2006 se le expidió el título de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, actualmente Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo. Que el cargo de Juez/a termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio Nº 000085-2021-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; así como de la partida de nacimiento y el documento de identidad que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez nació el 20 de agosto de 1951; y que el 20 de agosto del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez/a cumple setenta años. Por estos fundamentos, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 21 de agosto del año en curso, al señor Daniel Carrillo Mendoza en el cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y otorgarle las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Superior en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, para las acciones respectivas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1983794-1 Ratifican competencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Lima Sur a que se refieren las RR.Adms. N°s. 101-2014-CE-PJ, 292-2008-CE-PJ y 161-2018-CE-PJ y modifican la competencia de determinados órganos jurisdiccionales Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000257-2021-CE-PJ Lima, 18 de agosto del 2021VISTO:El O fi cio Nº 000163-2021-MPC-RJEM-CE-PJ, cursado por la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante O fi cio Nº 500-2019-OPJ- CNPJ-CE/PJ del 27 de agosto de 2019, la O fi cina de Productividad Judicial remite a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe Nº 056-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, mediante el cual recomienda incorporar la totalidad de centros poblados del Distrito de Pachacamac, provincia de Lima, a la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Segundo. Que, por O fi cio Nº 51-2019-MPC-RJEM- CE/PJ, del 26 de setiembre de 2019, la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno remite al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe Nº 01-2019-MPC-CE/PJ del 25 de setiembre de 2019, mediante el cual concluye que, previo a decidir respecto al pedido de ampliación de la competencia territorial formulado por la Corte Superior de Justicia de Lima Este, se remita copias de los actuados a las siguientes dependencias: i) O fi cina de Productividad Judicial; ii) Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial; iii) Corte Superior de Justicia de Lima Sur; iv) Corte Superior de Justicia de Lima Este; y, v) Equipo Técnico de PpR Familia para que cumplan con emitir su pronunciamiento respecto al objeto de la controversia versada. Tercero. Que, en respuesta al requerimiento antes mencionado se presentaron los siguientes pronunciamientos: a) O fi cios Nros. 3061; y, 3063-2019-P-CSJLS-PJ del 10 de diciembre de 2019 emitidos por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, referente a la propuesta de incorporación de la Zona V - Huertos de Manchay del Distrito de Pachacamac a la competencia territorial del Distrito Judicial de Lima Este. b) O fi cio Nº 002276-2019-GG-PJ del 26 de diciembre de 2019, por el cual la Gerencia General