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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 3 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo 12.- Evaluación de Desempeño de UGM y OE La Evaluación de Desempeño es la comparación, cuanti fi cación y difusión de resultados de los indicadores de gestión en la prestación de los servicios de saneamiento, con la fi nalidad de promover la mejora continua y de identi fi car las mejores prácticas (Benchmarking) que puedan ser replicadas en otras Pequeñas Ciudades. La Evaluación de Desempeño puede ser utilizada por el MVCS para la toma de decisiones gubernamentales. Los indicadores de gestión considerados en la Evaluación de Desempeño son determinados por la DF considerando el Plan Anual de Fiscalización. Artículo 13.- Resultados de las acciones de Fiscalización Los resultados obtenidos en las acciones de fi scalización pueden ser utilizados en los indicadores de gestión y metodologías basadas en la identi fi cación de las mejores prácticas (benchmarking). Asimismo, los resultados de la fi scalización pueden ser utilizados para la toma de decisiones del Ente Rector. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Evaluación de los Servicios de Saneamiento En caso la Sunass, en el ejercicio de sus funciones: 1. Advierta que los servicios de saneamiento se encuentren a cargo de un Administrador de Servicios ubicado dentro o fuera del ámbito de responsabilidad de una empresa prestadora, efectúa actividades de Evaluación de los Servicios de Saneamiento. 2. Advierta que los servicios de saneamiento se encuentren a cargo de un Prestador de Servicios distinto a una UGM u OE que no es responsable de atender las Pequeñas Ciudades, efectúa actividades de Evaluación de los Servicios de Saneamiento. 3. Advierta que los servicios de saneamiento en zonas urbanas mayores a 15,000 habitantes no son prestados por una empresa prestadora, de manera transitoria hasta que la referida zona urbana se integre a una empresa prestadora, efectúa actividades de Evaluación de los Servicios de Saneamiento. Segunda.- Evaluación de la vigencia de los fi nes de la Fiscalización Transcurrido el plazo de dos años a partir de la vigencia del presente reglamento y en virtud del Principio de Regulación Responsiva, la Sunass evaluará la continuidad de las acciones de fi scalización con fi nes preventivos y de mejora de gestión. 2017608-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 000003-2021-SUNAT/7E0000 DESIGNAR AUXILIAR COACTIVO ANTONIO JUAN MANUEL BONILLA ROBLES Lima, 1 de diciembre de 2021CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE:Artículo 1°. - Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima al funcionario que se indican a continuación: N° REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 1 2709 BONILLA ROBLES ANTONIO JUAN MANUEL Regístrese, comuníquese y publíquese. IVONNE SOPHIA CHUGO NUÑEZ IntendenteIntendencia Lima 2017547-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 117-2021-SUSALUD/S Lima, 1 de diciembre de 2021VISTOS: El O fi cio N° 0000654-2021-CG/GAD de la Contraloría General de la República; el Memorándum Nº 01747-2021-SUSALUD/OGA y Memorándum Nº 01788-2021-SUSALUD/OGA, ambos de la O fi cina General de Administración; el Memorándum Nº 00970-2021-SUSALUD/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 00724-2021-SUSALUD/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31084, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal