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58 NORMAS LEGALES Viernes 3 de diciembre de 2021 El Peruano / plani fi cación previa y participación en las acciones de fi scalización de la Sunass. b) Proporcionar a la Sunass toda la información que esta requiera para el cumplimiento de las acciones de fi scalización y en general brindar las facilidades necesarias para que el personal de la Sunass realice la acción de fi scalización. c) Participar en las acciones de fi scalización. En el caso de las fi scalizaciones de campo que son programadas, el Responsable del Prestador de Servicios participa en la acción de fi scalización y suscribe el acta de fi scalización. Si la fi scalización de campo es inopinada, el Responsable del Prestador de Servicios que se encuentre en ese momento participa en la actuación de fi scalización y suscribe el acta de fi scalización. 8.3. Facultades de los Órganos de Fiscalización:a) Acceder a las diferentes instalaciones del Prestador de Servicios. b) Requerir información al Prestador de Servicios.c) Registrar las respuestas del Responsable del Prestador de Servicios, mediante el empleo de los medios que considere necesarios para generar un registro completo y fi dedigno. d) En caso la acción de fi scalización lo amerite, tomar copia de la documentación, los expedientes y archivos, registros fotográ fi cos, impresiones y/o grabaciones en audio o video con conocimiento previo del Prestador de Servicios. e) Ampliar o variar el objeto de la acción de fi scalización si en las acciones realizadas se detectan incumplimientos adicionales a los expresados inicialmente en el referido objeto. f) Utilizar los medios técnicos de comunicación alternativos, tales como llamadas telefónicas, conversaciones o video llamadas vía redes sociales o aplicativos informáticos que considere necesarios para generar un registro completo y fi dedigno de las declaraciones, en el marco de la acción de fi scalización. 8.4. Deberes de los Órganos de Fiscalización:a) En el caso del personal de los Órganos de Fiscalización, identi fi carse ante el Prestador de Servicios. b) Elaborar, suscribir el acta de fi scalización y entregar copia al Prestador de Servicios. Para tal efecto, la Sunass puede utilizar formatos estandarizados. c) Elaborar el informe de fi scalización y comunicar al Prestador de Servicios el resultado de la acción de fi scalización. Los derechos, facultades y deberes descritos en el presente artículo, tanto para el Prestador de Servicios como para la Sunass, no son limitativos, se interpretan y complementan con lo establecido en el Capítulo II del Título IV del TUO de la LPAG. CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN Artículo 9.- Motivo de la acción de fi scalización Las acciones de fi scalización se inician por alguno de los siguientes motivos: a) Como parte de las actividades regulares programadas por la Sunass en el Plan Anual de Fiscalización. b) Cuando la Sunass toma conocimiento de uno o más problemas de alcance general, emergencias o encuentra indicios de actuaciones irregulares a cargo de los Prestadores de Servicios que amerite la acción de fi scalización. c) Por solicitudes de investigación formuladas por terceros. Para ello, la Sunass evalúa si la información presentada por el tercero constituye indicio su fi ciente de una conducta del Prestador de Servicios que amerite la acción de fi scalización. Artículo 10.- Acción de fi scalización Las acciones de fi scalización se realizan de acuerdo al siguiente procedimiento:10.1. En primer lugar, el Órgano de Fiscalización comunica previamente el Plan de Trabajo de la Acción de Fiscalización, según lo dispone el artículo 7 del presente reglamento. 10.2. Posteriormente, el Órgano de Fiscalización realiza las siguientes acciones: 10.2.1. En el caso de fi scalizaciones de campo: a) Al iniciar la fi scalización el encargado de la Sunass se apersona y se identi fi ca ante el Prestador de Servicios. b) El personal de la Sunass desarrolla las acciones previstas en el Plan de Trabajo de la Acción de Fiscalización. c) La acción incluye la realización de visitas a las instalaciones de los sistemas de saneamiento, el requerimiento o levantamiento de información, la revisión de documentación, entre otras. d) Al fi nalizar la acción de fi scalización, el personal de la Sunass levanta el acta correspondiente, la cual es fi rmada por este y el Responsable del Prestador de Servicios. En caso este último se niegue a suscribir el acta, se deja constancia de ello en dicho documento, no afectando la validez de su contenido para todo efecto. e) Una copia del acta es entregada al Responsable del Prestador de Servicios. La Sunass puede requerir información adicional, la que el Prestador de Servicios puede presentar a través de documentos, pruebas o argumentos adicionales, debiendo dejar constancia de ello en dicha acta. 10.2.2. En el caso de fi scalizaciones de sede, el Órgano de Fiscalización procesa y evalúa internamente los hechos según los medios probatorios con los que cuenta y los que sean suministrados por el Prestador de Servicios, de acuerdo a las materias que son objeto de la acción de fi scalización según el Plan Anual de Fiscalización. Para dicha fi scalización, la Sunass puede utilizar medios digitales de telecomunicación. La fi scalización de sede se realiza de forma prioritaria durante la declaración de los estados de emergencia. La presentación de documentos respecto a la acción de fi scalización podrá realizarse por vía remota a través de la mesa de partes virtual implementada por la Sunass. Los Órganos de Fiscalización pueden solicitar la colaboración de entidades públicas o privadas para el desarrollo de la fi scalización. Artículo 11.- Conclusión de la Fiscalización La acción de fi scalización puede concluir de las siguientes formas: 11.1. El Prestador de Servicios cumple sus obligaciones en los aspectos fi scalizados. El informe concluye el procedimiento de fi scalización, poniéndose en conocimiento del Prestador de Servicios. 11.2. El Prestador de Servicios no cumple sus obligaciones en los aspectos fi scalizados, en cuyo caso en el informe con el que se concluye el procedimiento de fi scalización se formulan las observaciones correspondientes y sobre la base de estas se recomienda las mejoras de las actividades desarrolladas, con el fi n de orientar al Prestador de Servicios sobre las acciones que requieren para el cumplimiento en los aspectos fi scalizados; sin perjuicio de que la Sunass deje en evidencia mediante un distintivo, la cali fi cación del desempeño alcanzado por el Prestador de Servicios. Adicionalmente, se podrán identi fi car riesgos y emitir alertas con la fi nalidad de que el prestador mejore su gestión. La Sunass comunica al Prestador de Servicios los resultados, observaciones y las recomendaciones de la acción de fi scalización únicamente con fi nes preventivos y de mejora de gestión. Los resultados obtenidos y las recomendaciones formuladas por la Sunass en el marco de su acción de fi scalización podrán ser puestos en conocimiento de la CGR y de otras entidades, a fi n de que adopten las acciones que les corresponda de acuerdo a su competencia. Asimismo, en caso la Sunass tome conocimiento de hechos o conductas que puedan con fi gurar incumplimientos de obligaciones administrativas, puede comunicar a la entidad correspondiente, para que actúe en el marco de sus competencias.