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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (10/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 10 de diciembre de 2021 El Peruano / que apruebe la transferencia fi nanciera para veintiún (21) convenios suscritos con Gobiernos Locales, precisando que todos son proyectos de inversión que se enmarcan en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe Nº 394-2021-JUS/OGPM-OPRE, señala que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN; cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/ 2 100 000,00 (Dos Millones Cien Mil y 00/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la continuación del trámite de la autorización de la transferencia fi nanciera; Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 2 100 000,00 (Dos Millones Cien Mil y 00/100 Soles) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.gob.pe/minjus) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- La autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de fi nanciamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 O fi cina General de Administración; Programa Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Meta: 053 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, especí fi ca del gasto 2.4.2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos de Capital: S/ 2 100 000,00 (Dos Millones Cien Mil y 00/100 Soles). Artículo 3 .- La transferencia fi nanciera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 .- En el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, y el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con portal institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Artículo 5.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos y actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidos en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2019871-1 Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0247-2021-JUS Lima, 9 de diciembre de 2021VISTOS, el O fi cio Nº 00512-2021-JUS/PRONACEJ-, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ; el Informe Nº 068-2021-OGPM-OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 201-2021-JUS/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 1067-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Legislativo Nº 1299 dispuso la transferencia del Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal - SINARSAC al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para lo cual se modi fi caron los artículos 4 y 7 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) con el objeto fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles a nivel nacional; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la precitada norma señala que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba mediante Resolución Ministerial el Manual de Operaciones del PRONACEJ, a propuesta de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, en atención a dicha disposición, mediante Resolución Ministerial Nº 0120-2019-JUS se aprobó el Manual de Operaciones del PRONACEJ y mediante Resolución Ministerial Nº 0301-2019-JUS se aprobó su modi fi catoria; Que, mediante documento de vistos, la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ ha propuesto la aprobación de un nuevo Manual de Operaciones, para lo cual remitió los documentos de sustento, los cuales han sido analizados por la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la misma que ha otorgado opinión favorable; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el Decreto Legislativo Nº 1299, Decreto Legislativo que trans fi ere el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en con fl icto con la