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29 NORMAS LEGALES Viernes 10 de diciembre de 2021 El Peruano / 10.5 No comunicar al OEFA y a los grupos de interés del área de in fl uencia del proyecto que pudieran resultar afectados, la fecha programada para realizar la purga de los sedimentos, con una anticipación de cinco (5) días hábiles a su realización. Esta conducta es cali fi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta setecientas (700) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 10.6 No comunicar al OEFA la ejecución de las medidas de rescate, corte y retiro de la vegetación, previo al llenado de embalse en la actividad de generación hidroeléctrica, con una anticipación mínima de treinta (30) días hábiles a su ejecución. Esta conducta es cali fi cada como leve y se sanciona con una amonestación o una multa de hasta ciento setenta (170) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo 11º.- Infracciones administrativas por el incumplimiento de obligaciones referidas a la actividad de generación termoeléctrica Constituyen infracciones administrativas por incumplimiento de obligaciones referidas a la actividad de generación termoeléctrica: 11.1 No realizar el monitoreo de la calidad de agua del cuerpo receptor del vertimiento de las aguas de enfriamiento, conforme al modo y frecuencia establecidos en el instrumento de gestión ambiental. Esta conducta es califi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 11.2 No controlar las emisiones fugitivas no previstas en el instrumento de gestión ambiental. Esta conducta es califi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta novecientas (900) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo 12º.- Infracción administrativa por el incumplimiento de obligaciones referidas a las actividades de generación geotérmica Constituye infracción administrativa por incumplimiento de obligación referida a la actividad de generación geotérmica: 12.1 No realizar el monitoreo de la calidad de agua del cuerpo receptor de la descarga de los fl uidos geotérmicos, conforme al modo y frecuencia establecidos en el instrumento de gestión ambiental. Esta conducta es califi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo 13º.- Infracciones administrativas por el incumplimiento de obligaciones referidas a las actividades de transmisión y distribución Constituyen infracciones administrativas por incumplimiento de obligaciones referidas a las actividades de transmisión y distribución: 13.1 Exceder el ECA para radiaciones no ionizantes establecido en la normativa vigente, a través de la instalación y funcionamiento de cables de transmisión y equipos de alto voltaje, siempre que se determine la causalidad. Esta conducta es cali fi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta setecientas (700) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).13.2 No realizar el monitoreo de las Radiaciones No Ionizantes en campos eléctricos y magnéticos según los ECA para Radiaciones No Ionizantes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2005-PCM o la norma que la modi fi que o sustituya, de acuerdo a lo establecido en el instrumento de gestión ambiental. Esta conducta es califi cada como grave y se sanciona con una multa de hasta setecientas (700) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo 14º.- Cuadro de tipi fi cación de infracciones y escala de sanciones Aprobar el “Cuadro de tipi fi cación de infracciones administrativas y escala de sanciones aplicable a las actividades eléctricas” , el cual compila las disposiciones previstas en los Artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º y 13º precedentes, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 15º.- Graduación de las multas Para determinar las multas a aplicar en los rangos establecidos en los Artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º y 13º de la presente Resolución, se aplica la Metodología para el cálculo de las multas base y la aplicación de los factores para la graduación de sanciones, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 035-2013-OEFA/PCD y modi fi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 024-2017-OEFA/CD, o la norma que la sustituya. Artículo 16º.- Publicación en el diario o fi cial El Peruano Disponer la publicación de la presente Resolución y su respectivo Anexo en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 17º.- Publicación en el Portal de Transparencia Estándar y Portal Institucional del OEFA Disponer la publicación en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) de la Exposición de Motivos de la presente Resolución, así como de la matriz que sistematiza y absuelve los comentarios, observaciones y sugerencias recibidas por la Entidad durante el período de publicación del proyecto normativo, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Artículo 18º.- Vigencia La “ Tipifi cación de infracciones administrativas y escala de sanciones aplicable a las actividades eléctricas ”, aprobada mediante la presente Resolución, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIAÚnica.- Deróguese la Resolución del Consejo Directivo Nº 023-2015-OEFA/CD que aprueba la “ Tipifi cación de las infracciones y escala de sanciones aplicable al Subsector Electricidad ”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM ALEGRÍA ZEVALLOS Presidenta (e) del Consejo Directivo CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y ESCALA DE SANCIONES APLICABLE A LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS LEYENDA Convenio de Estocolmo sobre COPConvenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes - COP, rati ficado por el Perú mediante Decreto Supremo Nº 067-2005-RE LGA Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente Ley del SEIA Ley Nº 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental Ley del Sinefa Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental Reglamento de la Ley del SEIA Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM Reglamento sobre Transparencia Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM Reglamento para la Protección Ambiental Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-EM