Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / en etapa de trámite, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, solo se deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente bajo nivel de producción injusti fi cado. Artículo Sexto.- Exhortar a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Huánuco, Lima Norte, Loreto, Puno y Ucayali, que deberán adecuar sus próximos requerimientos de prórroga, conversión, reubicación o variación de competencia y redistribución de expedientes, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 262-2018-CE-PJ, y la Directiva Nº 007-2018-CE-PJ, tanto en el fl ujo y la oportunidad del requerimiento. Artículo Sétimo.- Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, cumplan estrictamente lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 137-2020-CE-PJ, que establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como el uso del Sistema de Notifi caciones Electrónicas-SINOE, la Agenda Judicial Electrónica; y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ. Artículo Octavo.- Facultar a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Norte, Loreto, Piura, San Martín, Del Santa, Sullana, Tumbes, Ucayali, Puno, y Puente Piedra-Ventanilla, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado en la presente resolución. Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Norte, Loreto, Piura, San Martín, Del Santa, Sullana, Tumbes, Ucayali, Puno, y Puente Piedra-Ventanilla; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2020512-3 Integran magistrada en la Comisión de Trabajo encargada de presentar propuestas de medición de la función jurisdiccional desarrollada por subespecialidades, respecto de las resoluciones que no ponen fin al proceso, expedientes en etapa de ejecución, y demás actos, incidentes o cuadernos, que actualmente no son considerados en la medición de desempeño de los órganos jurisdiccionales Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000411-2021-CE-PJ Lima, 10 de diciembre del 2021 VISTO: El O fi cio Nº 000134-2021-HLM-D-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More.CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 395-2021-CE-PJ, entre otras medidas, se conformó una Comisión de Trabajo integrada por los señores Consejeros Héctor Enrique Lama More, Gustavo Álvarez Trujillo y Mercedes Pareja Centeno, encargada de presentar propuestas de medición de la función jurisdiccional desarrollada por subespecialidades, respecto de las resoluciones que no ponen fi n al proceso, expedientes en etapa de ejecución, y demás actos, incidentes o cuadernos, que actualmente no son considerados en la medición de desempeño de los órganos jurisdiccionales. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Héctor Enrique Lama More mediante O fi cio Nº 000134-2021-HLM- D-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000005-2021-HLM-D-CE conteniendo conclusiones y recomendaciones de la citada comisión. Tercero. Que, previamente a emitir pronunciamiento respecto a la documentación remitida por el mencionado Consejero, es menester tener en consideración que se ha iniciado el Décimo Primer Período de Sesiones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por lo que este Órgano de Gobierno considera necesario reconformar la Comisión de Trabajo encargada de presentar propuestas de medición de la función jurisdiccional desarrollada por subespecialidades, respecto de las resoluciones que no ponen fi n al proceso, expedientes en etapa de ejecución, y demás actos, incidentes o cuadernos, que actualmente no son considerados en la medición de desempeño de los órganos jurisdiccionales; integrando a la señora Consejera Jessica Vanessa Medina Jiménez . Cuarto. Que, en tal sentido, corresponde que el O fi cio Nº 000134-2021-HLM-D-CE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, vuelva a la referida comisión, a fi n que se evalúe el informe presentado. Quinto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 1465-2021 de la sexagésima octava sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Integrar a la señora Consejera Jessica Vanessa Medina Jiménez en la Comisión de Trabajo encargada de presentar propuestas de medición de la función jurisdiccional desarrollada por subespecialidades, respecto de las resoluciones que no ponen fi n al proceso, expedientes en etapa de ejecución, y demás actos, incidentes o cuadernos, que actualmente no son considerados en la medición de desempeño de los órganos jurisdiccionales. Artículo Segundo.- Disponer que el O fi cio Nº 000134-2021-HLM-D-CE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, vuelva a la referida comisión, a fi n que se evalúe el informe presentado. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal, Penal, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2020512-4