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85 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / Supremo Nº 011-2014-IN, declara que las Secretarias Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana antes los respectivos Comités. Éstos después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056- 2019-IN de fecha 20 diciembre de 2019, se aprueba la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC “Lineamientos Técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”. Que, el numeral 7.1.1 de la citada Directiva: establece que: “El Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, es el instrumento de gestión en materia de seguridad ciudadana que orienta el que hacer de las instituciones públicas y privadas, la sociedad civil organizada y la comunidad bajo los enfoques establecidos y componentes en el PNSC 2019-2023 a nivel distrito, teniendo un horizonte temporal de un (1) año. El Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana se alinea al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana. Que, el numeral 7.6.1 de la citada Directiva, re fi ere que; (...) habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana “APTA para su implementación” por parte de la Secretaría Técnica del COPROSEC, el Presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal la aprobación del mismo, y el numeral 7.6.2 señala que, “El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana-PADSC mediante Ordenanza”. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 152-2021- MDCH, la Gerencia de Seguridad Ciudadana asume las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC, siendo responsable de dicho órgano, en cumplimiento a lo dispuesto en el marco normativo vigente en materia de seguridad ciudadana. Que, mediante O fi cio Nº D001109-2021-MML-GSGC, registrado con Documento Nº 11640-2021, la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima declaró “Apto COMUNICADO PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS E INFORMES TÉCNICOS SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 El Diario O fi cial El Peruano con la fi nalidad de cumplir en la forma y plazos establecidos por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, respecto a la publicación de ordenanzas rati fi cadas por la Municipalidad de Lima Metropolitana, hace de conocimiento público lo siguiente: Las solicitudes efectuadas por los Gobiernos Locales para la publicación de Ordenanzas e Informes Técnicos sobre Arbitrios Municipales, se recibirán hasta el mediodía del viernes 24 de diciembre de 2021. Para el envío de los archivos electrónicos se deberá considerar lo siguiente: 1. Las solicitudes se enviará a los siguientes correos según su condición de pago: Correo para publicaciones crédito : normaslegales@editoraperu.com.pe Correo para cotizaciones contado : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe 2. Adjuntar el archivo PDF de la solicitud de publicación. 3. Adjuntar el archivo PDF del documento original, del cual se respetará el orden para su publicación. 4. Adjuntar el archivo Word con todos sus anexos, ordenados de la misma manera que el PDF del documento original. 5. Los cuadros deben ser trabajados en el mismo archivo Word como TABLAS, no se aceptarán como imágenes, grá fi cos o archivos vinculados. En los casos que las tablas sean mayores a una página, se admitirá en archivo Excel. 6. Los cuadros de fórmulas deben ser consignados también como TABLAS.7. Con relación a las cotizaciones, no se admitirá el cambio del documento PDF original o de sus archivos digitales. En el supuesto que hubiera cambios, deberán presentar una nueva solicitud de cotización. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES