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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / conformidad con el artículo 82 de la Constitución y de los principios constitucionales de lucha contra la corrupción, transparencia y buena administración; Que, los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 31227 establecen que la Declaración Jurada de Intereses se presenta a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl ictos de Intereses de la Contraloría General de la República, la cual controla, revisa, publicita, fi scaliza, previene, mitiga y sanciona lo relativo a la Declaración Jurada de Intereses que deben presentar los sujetos obligados indicados en su artículo 3. Además, en el segundo párrafo del artículo 12 de la citada Ley se prevé que el procedimiento de revisión y fi scalización de la Declaración Jurada de Intereses, en relación a los intereses de los obligados, tendrá por objeto determinar si los intereses declarados por el sujeto obligado son compatibles con el ejercicio de sus funciones, y otros aspectos de relevancia que deriven de los mismos establecidos en las disposiciones reglamentarias de la presente ley; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 158- 2021-CG se aprobó el Reglamento para implementar la Ley Nº 31227, respecto a la recepción, el ejercicio del control, fi scalización y sanción de la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del Estado, y candidatos a cargos públicos, en cuyo artículo 18 se regula el proceso de fi scalización de las Declaraciones Juradas de Intereses a fi n de determinar si los intereses declarados por los sujetos obligados son compatibles con el ejercicio de sus funciones, a fi n de prevenir la materialización de confl ictos de intereses aparentes y/o potenciales en las entidades públicas y detectar presuntos con fl ictos de intereses reales; Que, ante la exigencia de contar con un documento normativo que regule la fi scalización de las Declaraciones Juradas de Intereses prevista en la Ley Nº 31227 y su Reglamento, la Subgerencia de Fiscalización con Hoja Informativa Nº 000035-2021-CG/FIS, ha sustentado la necesidad y viabilidad de la emisión del proyecto de Directiva “Fiscalización Especí fi ca de Declaraciones Juradas presentadas y remitidas a la Contraloría General de la República”, por cuanto permitirá cumplir óptimamente con la función de fi scalización al contarse con un único instrumento legal que regule el proceso para desarrollar de forma objetiva, oportuna, especí fi ca y delimitada la Fiscalización Especí fi ca de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas, Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses y Declaraciones Juradas de Intereses; priorizando el carácter selectivo y abreviado de dicho proceso destinado a la detección y prevención oportuna de incrementos patrimoniales no justi fi cados y con fl ictos de intereses en los que se encuentran inmersos los sujetos obligados a su presentación; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante la Hoja Informativa Nº 000397-2021-CG/GJNC, resulta jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba la propuesta de Directiva “Fiscalización Especí fi ca de Declaraciones Juradas presentadas y remitidas a la Contraloría General de la República”, atendiendo la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Fiscalización, a través de la Hoja Informativa Nº 000035-2021-CG/FIS; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 313-2020-CG que aprobó la Directiva Nº 013-2020-CG/FIS “Fiscalización Especí fi ca de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas y de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses”. Artículo 2.- Aprobar la Directiva Nº 012-2021-CG/ FIS “Fiscalización Especí fi ca de Declaraciones Juradas presentadas y remitidas a la Contraloría General de la República”, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Los procesos de fi scalización especí fi ca que se encuentran en curso se adecuan a las disposiciones de la Directiva aprobada en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a su vez ésta con su anexo, en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2020526-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanas para que asuman el cargo de vicegobernadora y consejera regional del Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN N° 0937-2021-JNE Expediente N° JNE.2021092620 AREQUIPAVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de diciembre de dos mil veintiuno.VISTOS: los O fi cios N° 1866-2021-GRA/CR y N° 1874- 2021-GRA/CR, presentados el 6 de diciembre de 2021, con el cual don Herlyn Ysrael Zúñiga Yáñez, consejero delegado del Consejo Regional de Arequipa (en adelante, señor consejero delegado), solicita la acreditación de la consejera regional doña Kimmerlee Keily Gutiérrez Canahuire (en adelante, señora consejera), en el cargo de vicegobernadora regional por haber sido elegida para dicho cargo al haberse declarado la vacancia de su titular, don Walter Edgar Gutiérrez Cueva (en adelante, señor vicegobernador), por la causa de fallecimiento, prevista en el numeral 1 del artículo 30 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante, LOGR), así como, se convoque al accesitario de la señora consejera. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el O fi cio N° 1866-2021-GRA/CR, el señor consejero delegado remitió los actuados del expediente administrativo relacionados con el procedimiento de vacancia del señor vicegobernador y elección de la señora consejera para que asuma el cargo de vicegobernadora. Entre los documentos remitidos obran copias de los siguientes: a) Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). b) O fi cio N° 1836-2021-GRA/CR, dirigido a los miembros del consejo regional, por el que se les convoca a la sesión extraordinaria a llevarse a cabo el 3 de diciembre de 2021, y la constancia de su envío por medio virtual (Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de Arequipa). c) Acta de Sesión Extraordinaria del 3 de diciembre de 2021, por el que, entre otros, se aprueba la vacancia del señor vicegobernador por la causa establecida en el numeral 1 del artículo 30 de la LOGR, y se aprueba la elección de la señora consejera en el cargo vacante. d) Acuerdo Regional N° 124-2021-GRA/CR- AREQUIPA, del 3 de diciembre de 2021, por el que se formaliza las dos decisiones antes señaladas. e) El comprobante de pago de la tasa electoral por el monto de S/ 231.00, equivalente al 5,25% de una unidad impositiva tributaria (UIT).