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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / Crimen Organizado con sede desconcentrada Callao, así como la prórroga de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1352-2019-MP-FN y 413-2021-MP-FN, de fechas 11 de junio de 2019 y 25 de marzo de 2021, respectivamente. Artículo Cuarto .- Designar a la abogada Elvia Janis Aguilar Cuellar , Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) del Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Coordinador General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1550-2019-MP-FN, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2020599-1 JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA FE DE ERRATAS ANEXO RESOLUCIÓN N° 036-2021-P-JNJ Mediante O fi cio N° 000282-2021-OAF/JNJ, la Junta Nacional de Justicia solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Resolución N° 036-2021-P-JNJ, que aprueba la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Junta Nacional de Justicia, publicado en la sección TUPA de la página Web del Diario Ofi cial El Peruano el 4 de diciembre de 2021. * La Fe de Erratas se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 2020505-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ratifican el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 ORDENANZA Nº 464-2021–MDA Ancón, 29 de noviembre de 2021VISTO: El Consejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha 29 de noviembre del 2021, y visto el Informe Técnico Nº 014-2021-ST-CODISEC-MDA, suscrito por el responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC Ancón, el Informe Legal Nº 553-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 199-2021-GSC-MDA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Informe Técnico Nº 002-ST-CODISEC/MDA del Responsable de la Secretaria Técnica del CODISEC ANCON , sobre la rati fi cación de la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón 2022, aprobado oportunamente, por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana y;CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 1 establece que: “La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, son el fi n supremo de la sociedad y del Estado. De igual modo el artículo 2 inciso 22 señala: “Toda persona tiene derecho (…) a la paz, a la integridad, al disfrute del tiempo libre y el descanso, asimismo gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, en tal sentido el Estado asume la obligación de adoptar las medidas adecuadas para salvaguardar este derecho. Asimismo, en su Artículo 194 reconoce a las Municipalidades Distritales, en su calidad de Órganos de Gobierno Local, autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Artículo 2 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, el artículo 9 inciso 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Consejo Municipal aprobar, modi fi car o derogarlas ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que conforme el artículo 20 Inciso 19 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, señala que son atribuciones del alcalde cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional; Que, conforme al Inciso 3 del Artículo 85 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, señala que las funciones especí fi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales son: Organizar un servicio de Serenazgo, cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva. Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respecto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la nación peruana. Asimismo, señala el Artículo 2 de la referida ¨Ley, de fi niendo a la Seguridad Ciudadana, como la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pací fi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pací fi ca de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas. Se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como un sistema funcional que tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana y la actuación del Estado Peruano en sus tres niveles de gobierno. Que, el Decreto Supremo Nº 10-2019-IN de fecha 09MAY2019, en su artículo 46, establece que los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana, son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales y articulados con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019- IN que aprueba la Directiva 09-2019-IN-DGSC, Directiva Nº 10-2019-IN-DGSC y Directiva Nº 11-2019-IN-DGSC, de fecha 20DIC2020, se establece los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación implementación seguimiento y evaluación de los Planes de Acción de Seguridad Ciudadana de cada ámbito jurisdiccional; Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y 40 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores presentes; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Consejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE ANCÓN 2022 Artículo Primero: RATIFICAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022, aprobado por el