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56 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de diciembre de 2021 El Peruano / acuerdo a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; Que, a través del Informe N° 000948-2021-OAJ/ MIGRACIONES, la O fi cina de Asesaría Jurídica concluye que resulta legalmente viable se emita el acto que deje sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 000091-2021-MIGRACIONES y designe al Jefe de Unidad I - Unidad de Imagen y Comunicación, como responsable del Portal de Transparencia Estándar de MIGRACIONES; Que, en consecuencia, corresponde emitir la resolución que deje sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 000091-2021-MIGRACIONES y designe al Jefe de Unidad I - Unidad de Imagen y Comunicación como responsable del Portal de Transparencia Estándar de MIGRACIONES; Que, el literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10 del referido instrumento en el que dispone que el Despacho de el/la Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Con la visación de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 000091-2021-MIGRACIONES. Artículo 2.- Designar al Jefe de Unidad I - Unidad de Imagen y Comunicación de la Gerencia General, como responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTHA CECILIA SILVESTRE CASAS Superintendente 2021646-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama Funcional de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0819-2021-CU-UNJFSC Huacho, 15 de noviembre de 2021VISTO:El expediente Nº 2021-012700, de fecha 23 de abril de 2021, que contiene el O fi cio Nº 001-2021-P-CEPROF- UNJFSC, suscrito por el Presidente de la Comisión para Elaboración del ROF; que corre mediante correo electrónico; y el Acuerdo de Sesión Ordinaria Virtual de Consejo Universitario, de fecha 11 de noviembre de 2021, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 012-2020-SUNEDU/CD, de fecha 27 de enero de 2020, del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, se resuelve: “OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, (…) con una vigencia de seis (6) años computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria el país, por la existencia del COVID-19, siendo esta Emergencia Sanitaria prorrogada por otros Decretos Supremos, entre otros; por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA y 009-2021-SA y 025-2021-SA; este último en su artículo 1º dispone: “Prorróguese a partir del 03 de setiembre de 2021 por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria (…) por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo”; Que, con fecha 15 de marzo de 2020, se emite el Decreto Supremo Nº 044-2020- PCM, que declara el estado de emergencia sanitaria nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID - 19, por el plazo de 15 días calendarios, la misma que fue prorrogado mediante los Decretos Supremos: Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM por el plazo de 13 días calendario; Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM por el plazo de 14 días calendarios; Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM por el plazo de 14 días calendarios; Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM por el plazo de 14 días calendarios; Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM a partir del 25 de mayo de 2020 al 30 de junio de 2020; Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, a partir del 01 de julio al 31 de julio; Decreto Supremo Nº 135-2020-PCM, a partir del 01 de agosto al 31 de agosto; Decreto Supremo Nº 146-2020-PCM, a partir del 01 de setiembre hasta el 30 de setiembre; Decreto Supremo Nº 156-2020-PCM, a partir del 01 de octubre hasta el 31 de octubre; Decreto Supremo Nº 174-2020-PCM, a partir del 01 de noviembre hasta el 30 de noviembre; Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, a partir del 01 de diciembre hasta el 31 de diciembre; Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, por el plazo de 31 días calendario a partir del 01 de enero de 2021; Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, por el plazo de veintiocho (28) días calendarios, a partir del 01 de febrero de 2021; Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del lunes 01 de marzo de 2021; el Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del jueves 01 de abril de 2021; y el Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 01 de mayo de 2021; y D.S. Nº 105-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendarios, a partir del 01 de junio de 2021; D.S. Nº 123-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario a partir del jueves 01 de julio de 2021, D.S. Nº 131-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario a partir del domingo 01 de agosto de 2021; D.S. Nº 149-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario a partir del miércoles 01 de setiembre de 2021; D.S. Nº 152-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendarios a partir del viernes 01 de octubre de 2021; D.S. Nº 167-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario a partir del miércoles 01 de noviembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 0234-2020-CU-UNJFSC, de fecha 22 de mayo de 2020, se resuelve: “Artículo 1º.- APROBAR, el REGLAMENTO DE REANUDACIÓN LABORAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DEL TRABAJO REMOTO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO