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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 18 de diciembre de 2021 El Peruano / concordancia con las precitadas normas electorales, corresponde al Jurado Electoral Especial (JEE) inscribir a los candidatos presentados por las organizaciones políticas; asimismo, se constituye en la primera instancia para resolver las tachas e impugnaciones que se interpongan contra dichas candidaturas y para la concesión de los recursos de apelación en contra de estas. 1.4. Por su parte, es atribución del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en virtud de lo dispuesto en los literales o y t del artículo 5 de su ley orgánica, resolver, en última instancia, las apelaciones que se interpongan en contra de las decisiones de los JEE. 1.5. Conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 178 de la Constitución Política del Perú, y el literal g del artículo 5 de la LOJNE, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral velar por el cumplimiento de las leyes electorales, expidiendo las normas reglamentarias que deben cumplir tanto las organizaciones políticas en la presentación de sus solicitudes de inscripción de candidatos como los JEE, desde la cali fi cación hasta la inscripción de dichas candidaturas, así como la ciudadanía en general, respecto de los mecanismos que la ley otorga para oponerse a estas. 1.6. Mediante la Resolución Nº 0083-2018-JNE, del 7 de febrero de 2018, se aprobó el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para Elecciones Regionales de 2018. En esta ocasión, resulta necesario actualizar dicha reglamentación, a efectos de brindar las herramientas que faciliten una mayor comprensión a los actores electorales de manera acorde con las leyes modi fi catorias recientemente promulgadas, tales como la Ley Nº 31357, Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. 1.7. En ese sentido, se emite el presente reglamento para su aplicación en el proceso de Elecciones Regionales 2022. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. APROBAR el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para Elecciones Regionales 2022, que consta de 46 artículos, 4 Disposiciones Finales, y que es parte integrante de la presente resolución. 2. APROBAR los formatos de Declaración Jurada de Consentimiento de Participación en las Elecciones Regionales, y de la Veracidad del Contenido del Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida; Declaración de No Tener Deuda de Reparación Civil; Declaración de Conciencia; Resumen de Plan de Gobierno; y los cuadros sobre Regiones, Número de Consejeros, Total de Candidatos y Paridad de Género, de Cuota de Jóvenes, y de Candidatos en las Listas, para cumplir con la Cuota de Comunidades Campesinas y Nativas, y Pueblos Originarios; los que se encuentran en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, respectivamente, como parte integrante de la presente resolución. 3. REMITIR la presente resolución a las organizaciones políticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas, las organizaciones políticas en vías de inscripción, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para su conocimiento y fines pertinentes. 4. DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 0083-2018- JNE, del 7 de febrero de 2018. 5. DEJAR SIN EFECTO las normas reglamentarias que se opongan a lo dispuesto en la presente resolución. 6. DISPONER la publicación de la presente resolución y el reglamento que aprueba en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINASANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE FÓRMULAS Y LISTAS DE CANDIDATOS PARA ELECCIONES REGIONALES 2022 ÍNDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I MARCO NORMATIVO Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Alcance Artículo 3.- Base normativa CAPÍTULO II ABREVIATURAS Y DEFINICIONES Artículo 4.- Abreviaturas Artículo 5.- Alusión a géneros en el reglamento Artículo 6.- Defi niciones CAPÍTULO III ACCESO A LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PAGO DE TASAS EN MATERIA ELECTORAL Artículo 7.- Entrega de credenciales para acceder a los sistemas informáticos del Jurado Nacional de Elecciones Artículo 8.- Pago de tasas TÍTULO II PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, CUOTAS ELECTORALES, DEMOCRACIA INTERNA, DECLARACIÓN JURADA DE HOJA DE VIDA Y PLAN DE GOBIERNO CAPÍTULO I PARIDAD Y ALTERNANCIA DE GÉNERO, CUOTA DE JÓVENES Y DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS, Y PUEBLOS ORIGINARIOS Artículo 9.- Paridad vertical y alternancia de género Artículo 10.- Paridad horizontal en la totalidad de fórmulas presentadas Artículo 11.- Cuota de jóvenes Artículo 12.- Cuota de comunidades campesinas y nativas, y pueblos originarios Artículo 13.- Concurrencia de cuotas CAPÍTULO II DEMOCRACIA INTERNA Artículo 14.- Cargos sujetos a elección interna Artículo 15.- Modalidades de elección de candidatos Artículo 16.- Candidaturas resultantes de la elección interna CAPÍTULO III DECLARACIÓN JURADA DE HOJA DE VIDA Y PLAN DE GOBIERNO Artículo 17.- Disposiciones sobre la Declaración Jurada de Hoja de Vida de los candidatos