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46 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de diciembre de 2021 El Peruano / consideración la mejora del cumplimiento de la ratio de docentes a tiempo completo. ix) Presentar, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I y 2020-II, ante la Dilic, un informe que contenga los resultados obtenidos de las acciones realizadas como parte de la integración de la gestión y fomento de la investigación entre la sede y fi liales. x) Presentar, antes de fi nalizar los semestres académicos 2019-II y 2020-II, ante la Dilic, un informe que contenga los resultados e impactos logrados con la ejecución de los nueve (9) proyectos de investigación en curso y de los treinta y cinco (35) proyectos de investigación que culminarán en el año 2020, respectivamente, de acuerdo a lo programado por la Universidad. xi) Presentar, antes del inicio de los semestres académicos 2020-II, 2021-I y 2022-II, ante la Dilic, un informe que contenga los resultados de las acciones realizadas en el marzo de los “Principio, Políticas y Estrategias para el Fomento de la Investigación, Desarrollo e Innovación”, en la sede y fi liales. xii) Presentar, al fi nalizar los semestres académicos 2019-II y 2020- I, ante la Dilic, un informe que contenga el padrón de docentes “CTI Vitae”, Hojas de Vida a fi nes a la Ciencia y Tecnología, acorde al crecimiento de la Universidad, lo cual fortalecerá la actividad de investigación. xiii) Presentar, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021-I y 2022-I, ante la Dilic, un informe que evidencie la cobertura de atención en cada servicio complementario, considerando el incremento progresivo de la matrícula por cada local de la sede y fi liales, y acorde a los per fi les requeridos para cada tipo de servicio. xiv) Presentar, al fi nalizar el semestre académico 2019- II, ante la Dilic, in informe sobre el estatus de sus egresados empleados, que considere una muestra representativa de las carreras profesionales y locales en funcionamiento de la Universidad. Asimismo, presentar, al inicio de los semestres académicos 2020-I y 2021-I, un informe que contenga las acciones realizadas en el marco de la ejecución del Plan de Seguimiento al Egresado y Graduado, para la mejora de su empleabilidad. xv) Publicar en el portal institucional, antes del inicio del primer semestre académico de cada año, durante el periodo de la licencia institucional, la información diferenciada de los estados fi nancieros de las unidades de negocio, con la fi nalidad de visibilizar la gestión fi nanciera de la Universidad. 4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 5 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, y modi fi cado mediante la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019- SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución de Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 6 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (...) c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 7 Refiere al siguiente local: (i) F06L02, ubicado en Av. Nicolás de Piérola (antes Carretera Panamericana Norte) 1221- 1223-1225-1227-1229-1231-1235, en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 8 Los siguientes programas: i) (P02) Administración de Empresas ii) (P04) Administración y Marketing, iii) (P06) Administración de Negocios Internacionales, iv) (P13) Contabilidad, v) (P15) Derecho, vi) (P17) Psicología, vii) (P22) Ingeniería de Sistemas e Informática, viii) (P22) Ingeniería Industrial, ix) (P31) Ingeniería Industrial; y, x) (P42) Arquitectura. 9 Los siguientes programas: i) (P05) Administración de Negocios, ii) (P14) Contabilidad Financiera, iii) (P58) Ingeniería Industrial. 10 Local ubicado en Avenida Prolongación Unión Lote 2-AB1-2-3, ubicado en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 11 RTD N° 034174-2021-SUNEDU-TD. 12 Referente a los siguientes programas: P73 Administración de Empresas, P74 Contabilidad, P75 Derecho, P76 Psicología, P77 Ingeniería de Sistemas e Informática, P78 Ingeniería Industrial, P79 Administración de Empresas, P80 Contabilidad, P81 Derecho, P82 Psicología, P83 Ingeniería de Sistemas e Informática, P84 Ingeniería Industrial. Respecto a los 6 primeros, estos cuentan con el 80% de créditos en entornos virtuales; y a los 6 últimos, con 100% de créditos en entornos virtuales. 13 Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 14 Artículo 30.- Documentación y/o información a presentar por las universidades (…) 30.2 La documentación y/o información señalada en el numeral anterior solo constituyen requisitos de admisibilidad del procedimiento de modi fi cación de licencia institucional. En tal virtud, el cumplimiento formal de estos no implica, necesariamente, el mantenimiento de las condiciones básicas de calidad que dé lugar a aprobar la modi fi cación solicitada. 15 RTD N° 048766-2021-SUNEDU-TD. 16 RTD N° 054196-2021-SUNEDU-TD. 17 RTD N° 054425-2021-SUNEDU-TD. 18 RTD N° 056355-2021-SUNEDU-TD. 19 RTD N° 057531-2021-SUNEDU-TD, el cual adjunta la vigencia de poder de Juan Antonio Trelles Castillo, identi fi cado con DNI N° 09874197. 20 Referente a los siguientes programas: P73 Administración de Empresas, P74 Contabilidad, P75 Derecho, P76 Psicología, P77 Ingeniería de Sistemas e Informática, P78 Ingeniería Industrial, P79 Administración de Empresas, P80 Contabilidad, P81 Derecho, P82 Psicología, P83 Ingeniería de Sistemas e Informática, P84 Ingeniería Industrial. Respecto a los 6 primeros, estos cuentan con el 80% de créditos en entornos virtuales; y a los 6 últimos, con 100% de créditos en entornos virtuales. 21 RTD N° 058777-2021-SUNEDU-TD. 22 RTD N° 058864-2021-SUNEDU-TD. 23 RTD N° 059158-2021-SUNEDU-TD. 24 Información sobre: El personal técnico a participar en la prueba de conectividad, el personal responsable de las CBC, los planos de ubicación y de arquitectura y los planos de distribución de los locales SL01, SL02, SL06, SL08, SL09, SL11, SL15, FL01L01, F01L02, F02L01, F03L01, F04L01, F05L01 y F07L01. 25 Modelo de Licenciamiento Institucional y su implementación en el Sistema Universitario Peruano, aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD del 13 de noviembre de 2015. 26 El indicador 2 del Modelo de Licenciamiento Institucional (Resolución de Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD) se evalúa como parte de la CBC I de la Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD. 27 El indicador 4 del Modelo de Licenciamiento Institucional (Resolución de Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD) se evalúa como parte de la CBC IV de la Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD. 28 Los indicadores 27 y 28 del Modelo de Licenciamiento Institucional (Resolución de Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD) se evalúan como parte de la CBC IV de la Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD. 29 Modelo de Licenciamiento de Programas en las Modalidades Semipresencial y a Distancia, aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020. 30 RTD N° 061195-2021-SUNEDU-TD. 31 RTD N° 061311-2021-SUNEDU-TD. 32 RTD N° 061884-2021-SUNEDU-TD. 33 RTD N° 063616-2021-SUNEDU-TD. 34 Las referidas reuniones se realizaron los días 13 y 27 de septiembre, 15, 25 y 26 de octubre, y 15 de noviembre de 2021. 35 Referente a los siguientes programas: P73 Administración de Empresas, P74 Contabilidad, P75 Derecho, P76 Psicología, P77 Ingeniería de Sistemas e Informática, P78 Ingeniería Industrial, P79 Administración de Empresas, P80 Contabilidad, P81 Derecho, P82 Psicología, P83 Ingeniería de Sistemas e Informática, P84 Ingeniería Industrial. Respecto a los 6 primeros, estos cuentan con el 80% de créditos en entornos virtuales; y a los 6 últimos, con 100% de créditos en entornos virtuales. 2023908-1 Aprueban la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional de Moquegua y reconocen la creación de un programa conducente a grado académico de bachiller y título profesional en la modalidad presencial RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 134-2021-SUNEDU/CD Lima, 21 de diciembre de 2021 VISTOS:La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional1 (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario