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332 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades; el Consejo Municipal, con el Voto por Mayoría de los Señores Regidores, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LURÍN PARA EL EJERCICIO 2022 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Lurín para el ejercicio 2022, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC de Lurín y declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normativa aplicable sobre la materia. Artículo Segundo.- PRECISAR que el Plan aprobado precedente, forma parte integrante de la presente Ordenanza como anexo, el mismo que será publicado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Lurín. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría Técnica del CODISEC y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento y monitoreo de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial ¨El Peruano¨ y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y del plan anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCISCO AMADOR JULCA MIDEYROS Alcalde 2026475-1 Ordenanza que prorroga la Ordenanza N° 406-2020/ML, que establece los montos del derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 437-2021/MDL Lurín, 22 de diciembre del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURINVISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 084-2021/MDL aprobado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2021, el Dictamen de la Comisión Permanente de Rentas, Administración y Presupuesto Nº 007-2021-CPARPP-REG/MDL, de fecha 15 de diciembre del 2021, sobre aprobar el proyecto de “Ordenanza que prórroga para el año 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 406-2020/ML que establece los montos del derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para su aplicación en el ejercicio fi scal 2022, y; CONSIDERANDO:Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción; Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente, es más, en su cuarta disposición fi nal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, con Ordenanza Municipal Nº 406-2020/ ML se establece los Montos del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 405/MML, publicados ambos en el diario O fi cial “El Peruano” el 24 de diciembre de 2020; Que, de conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 2386-2021/MML, “Disposiciones Finales: Sétima. - Periodicidad en la Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente. Las Ordenanzas Distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la rati fi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratifi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto”; Que, con Informe Nº 011-2021-GAT/ML de la Gerencia de Administración Tributaria, precisa que, de la proyección de los Costos por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto y Vencimiento de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2022, no se reportan variaciones respecto de los aprobados con Ordenanza Municipal Nº 406-2020/ML, recomendando la prórroga de la vigencia de ésta última; Que, con Informe Nº 384-2021-GAJ/MDL la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta de prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 406-2020/ML rati fi cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 405/MML; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad lo siguiente: