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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 338

338 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, por Ordenanza Nº 505-MSI se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, y mediante Ordenanza Nº 510-MSI se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Ordenanza Nº 548-MSI, publicado el 17 de octubre de 2021, se aprobó la modi fi cación parcial de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobados por Ordenanza Nº 505-MSI; Que, el literal b. del numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “ Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0150-2021-SERVIR-PE, publicada el 16 de noviembre de 2021, establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, a su vez, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la precitada Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH dispuso que las entidades públicas que, hasta la fecha de publicación de dicha directiva, cuentan con una propuesta de CAP Provisional enviada formalmente a SERVIR, se rigen hasta su evaluación por parte de la GDSRH de SERVIR, por los criterios y condiciones establecidos en el Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE ”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE y modi fi catoria; Que, de acuerdo con dicha disposición, para la formulación y evaluación de la propuesta de CAP Provisional, se aplicaron los criterios y condiciones establecidos en el numeral 1.1 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH que señala como supuesto que habilita a aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, cuando una norma sustantiva, durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, en cuyo caso las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional en un plazo máximo de tres (03) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma publicada; Que, asimismo, los numerales 2 y 3.1 del Anexo 4 de la citada Directiva señalan, entre otros, que la elaboración del CAP Provisional es responsabilidad de la ofi cina de recursos humanos, o quien haga sus veces, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o del que haga sus veces; que se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su ROF y se realiza considerando el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, así como que el proyecto de CAP Provisional requiere el informe previo de opinión favorable de SERVIR;Que, al respecto, mediante el o fi cio del visto, SERVIR hace suyo el Informe Técnico Nº 0211-2021-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene opinión técnica favorable del proyecto de Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, de conformidad con el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, por su parte, con los documentos del visto, la Gerencia de Gestión de Personas propuso la modi fi cación del CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, sustentando la misma en la modi fi cación, mediante la Ordenanza Nº 548-MSI, de la estructura orgánica y del ROF aprobados por Ordenanza Nº 505-MSI, para lo cual se ha empleado el Manual de Clasi fi cación de Cargos aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 463 del 22 de octubre de 2019; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; Que, el artículo 9º, numeral 32, de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el cuadro para asignación de personal, en concordancia con el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH que prescribe que los gobiernos locales aprueban el CAP Provisional por Ordenanza Municipal; Que, por tales consideraciones, contando con la opinión técnica favorable de SERVIR y estando a las opiniones favorables de la Gerencia de Gestión de Personas y la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, corresponde la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional correspondiente a la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, aprobados por Ordenanza Nº 505-MSI y modi fi cados por Ordenanza Nº 548-MSI; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 022-2021-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 32 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, el Concejo Municipal por mayoría, y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, de la Municipalidad de San Isidro, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 510- MSI que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, así como toda norma o resolución que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión de Personas y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en el Portal de Transparencia, en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en San Isidro, a los 15 días del mes de diciembre de 2021. AUGUSTO CÁCERES VIÑAS Alcalde