Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2021 (23/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2021 El Peruano / del Poder Judicial, designó al presidente de esta Corte Superior para el periodo 2021-2022. III. El o fi cio N° 72-2021-GRHB-GG-PJ de fecha 09 de enero del presente año, remitido por el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar, sobre el estado situacional de los presupuestos CAS vigentes. FUNDAMENTOS1. Base Normativa. La Resolución Administrativa N.º 257-2020-CE-PJ, de fecha 17 de septiembre de 2020, expedida por el Consejo Ejecutivo Poder Judicial, a través de la cual se aprobó el Reglamento de Ejecución de los Procedimientos para la Contratación de Trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS en el Poder Judicial a nivel nacional y en todas las instancias”. El artículo 29 numeral 1) de la mencionada resolución, establece que, la conformación de las Comisiones CAS Ad Hoc en esta Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, estará conformada por el Presidente de la Corte Superior en mención, quien la presidirá, además de dos (02) miembros que este designe; así como un/a suplente para cada uno/a de los/as tres integrantes. Debiendo el Presidente designar como parte de los dos miembros, a la Administradora del Módulo Penal de acuerdo a la convocatoria de cada sistema (Administrador/a del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios o Administrador/a de Crimen Organizado). Asimismo, sobre la base de las atribuciones y la facultad conferida por el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 10° del Estatuto aprobado por la Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ. 2. En este contexto, habiendo asumido funciones, es necesario reconformar la Comisión CAS Ad Hoc para llevar a cabo la evaluación, cali fi cación y clasi fi cación de los/as postulantes declarados/as aptos/as en los procesos de selección bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios del Decreto Legislativo N° 1057, que corresponde a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Por consiguiente y de conformidad con las consideraciones invocadas. SE RESUELVE:Primero. CONFORMAR la Comisión CAS Ad Hoc, encargada de los Procesos de Contratación de Personal bajo los alcances del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS para el año judicial 2021, la que estará conformada de la siguiente manera: Presidente de la Comisión CAS Ad HocOctavio César Sahuanay Calsin Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada SuplenteVíctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde Magistrado Responsable de la Implementación del nuevo Código Procesal Penal Miembro de la Comisión CAS Ad HocAdministrador(a) de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada SuplenteSecretario(a) General de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Miembro de la Comisión CAS Ad HocAdministrador(a) del Módulo del Código Procesal Penal del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado [para la convocatoria del Sistema de Crimen Organizado] SuplenteAdministrador(a) del Módulo del Código Procesal Penal del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios [para la convocatoria del Sistema de Corrupción de Funcionarios] Segundo. SE DESIGNA al señor Jorge Junior Cordero Núñez como secretario técnico de la Comisión CAS Ad Hoc, quien dará apoyo a las labores propias de la Comisión (Evaluación Curricular con puntaje, Evaluación de Integridad, Evaluación Técnica, Evaluación previa a la entrevista, Entrevista Personal y Resultados Finales), así como será el responsable del registro de vacantes públicas en el portal de Talento Perú –administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR–. Tercero. COMUNICAR a la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a los señores magistrados coordinadores de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios, al responsable de la implementación del nuevo Código Procesal Penal, a la O fi cina de Administración de esta Corte, a los servidores mencionados en la presente resolución, así como al personal jurisdiccional y administrativo, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN PresidenteCorte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1922212-3 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nula Resolución N° 00102-2020-JEE-LIC2/JNE, en el extremo que declaró improcedente inscripción de candidatos de la organización política Perú Patria Segura para el Congreso de la República por el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN Nº 0049-2021-JNE Expediente Nº EG.2021005248 LIMALIMA CENTRO 2 (EG.2021004548)ELECCIONES GENERALES 2021RECURSO DE APELACIÓN Lima, ocho de enero de dos mil veintiuno VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura, en contra de la Resolución Nº 00102-2020-JEE-LIC2/JNE, del 30 de diciembre de 2020, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, en el extremo que declaró improcedente la inscripción de don Fernando Hurtado Pascual y doña Evelyn Agripina Yáñez Cruz, candidatos Nº 12 y Nº 13, respectivamente, para el Congreso de la República por el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021. Oído: el informe oral. Primero. ANTECEDENTES1.1. El 22 de diciembre de 2020, don Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura, presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 (en adelante, JEE) la solicitud