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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2021 (23/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2021 / El Peruano el puesto de Asesor de Integridad de la Gerencia General (CAP-P Nº 011), proponiendo al señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge; Que, con Informe Nº 000035-2021-GRH/INDECOPI, la Gerencia de Recursos Humanos señala que el señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge, cumple con el per fi l requerido para el puesto de Asesor de Integridad de la Gerencia General; Que, mediante Informe Nº 000055-2021-GEL/ INDECOPI, la Gerencia Legal opina que la Gerenta General se encuentra facultada para designar al Asesor de Integridad de la Gerencia General; Que, asimismo, considerando la naturaleza del puesto, el mismo que se encuentra clasi fi cado como “empleado de con fi anza”, la designación culminará con el retiro de la confi anza otorgada; Que, en atención a lo expuesto, la Gerencia General considera pertinente proceder con la designación del señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge en el puesto referido, de conformidad con el ordenamiento legal vigente; Con el visto de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, con el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias y el literal h) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Isaías Reátegui Ruiz Eldredge en el puesto de con fi anza de Asesor de Integridad de la Gerencia General del Indecopi (CAP-P 011), con efectividad al 22 de enero del 2021. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos realizar las gestiones necesarias para la efi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 1921650-1 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Delegan facultades en diversos funcionarios de la ONP y designan responsables de la suscripción de las Constancias y Títulos de Bonos de Reconocimiento y su respectiva Acta de Emisión RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 007-2021-JEFATURA/ONP Lima, 14 de enero de 2021VISTO:El Informe Nº 19-2021-OAJ/ONP de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modi fi cado por la Ley N° 26323, se crea la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo N° 118-2006-EF, y de fi nida como un Organismo Público del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se re fi ere el Decreto Ley N° 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley N° 30003, y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM ha cali fi cado a la O fi cina de Normalización Previsional como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 174-2013- EF/10 y su modi fi catoria se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP; Que, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conformada por la Ley Nº 28411 y sus modi fi catorias, así como por los artículos vigentes del Decreto Legislativo Nº 1440, se dispone que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a través de disposición expresa publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 5 de la Ley N° 28532 establece que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante TUO de la Ley N° 30225, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y dispone en el numeral 8.2 del artículo 8, que el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones mediante resolución, excepto las facultades expresamente cali fi cadas como indelegables por la propia Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias; Que, conforme a los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, se prohíbe a las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el Titular de la Entidad o a quien este delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que, la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 establece el procedimiento administrativo para la emisión de Constancias y los Títulos representativos de Bono de Reconocimiento será autorizada por Resolución Jefatural de la ONP, cumpliendo las formalidades establecidas; pudiendo dichas facultades en ambos casos ser delegadas al Gerente General; Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos, encontrándose integrado, entre otros, por las O fi cinas de Recursos Humanos de las entidades; Que, por las consideraciones precedentes y con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar durante el año 2021 determinadas funciones asignadas al Titular; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532; el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10 y su modi fi catoria; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM; así como la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10;