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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2021 (23/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1. Delegación de facultades al/la Gerente/a General DELEGAR al/la Gerente/a General, las siguientes facultades: 1.1 En materia administrativa:a) Celebrar convenios de cooperación técnica, colaboración interinstitucional u otros de cualquier otra índole, incluidas sus adendas, con entidades públicas o privadas y organismos internacionales, salvo aquellos a las que se hace referencia expresamente en la presente delegación. b) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático al Pliego 095 – O fi cina de Normalización Previsional, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. c) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Entidad. d) Autorizar la emisión y anulación de las Constancias de Bono de Reconocimiento y de los Títulos Representativos de Bonos de Reconocimiento, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 o norma que la modi fi que o sustituya. e) Suscribir los Títulos Representativos de Bono de Reconocimiento y su respectiva acta. f) Aprobar la contratación de servidores/as bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento. g) Resolver los recursos de apelación respecto de las solicitudes de reconocimiento y abono de créditos internos y devengados, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 017-84-PCM. h) Aprobar los castigos directos de las cuentas incobrables en el marco de las disposiciones establecidas en el Instructivo Nº 03 Provisión y Castigo de Cuentas Incobrables, aprobado mediante Resolución de Contaduría N° 067-97-EF y sus modi fi catorias. 1.2 En materia de contratación pública:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 41 del TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento. c) Emitir la aprobación que se requiere para que el Comité de Selección y/o el órgano encargado de las contrataciones considere válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o referencial de los procedimientos de selección que se convoquen, previa certifi cación de crédito presupuestario. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento. e) Aprobar los procesos de estandarización.f) Suscribir Convenios Marco Interinstitucionales con la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, así como con otras entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, mediante los cuales se encargue la realización de las actividades preparatorias y/o el procedimiento de selección que se requiera para la adquisición de bienes, servicios en general o consultorías, así como la aprobación de los actos posteriores que sean necesarios, los cuales se sujetan al cumplimiento de los requisitos y condiciones previstas en la normativa aplicable. Artículo 2. Delegación de facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración DELEGAR las siguientes facultades al/la Director/a General de la O fi cina de Administración: 2.1 En materia administrativa:a) Representar a la ONP ante las diferentes entidades públicas, sobre temas de naturaleza tributaria, municipal, entre otras materias de naturaleza administrativa, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante tales entidades. b) Suscribir contratos de comodato en nombre y representación de la ONP dentro del marco del Código Civil. c) Autorizar la impresión a color en casos justi fi cados por el área solicitante. d) Suscribir Convenios Especí fi cos Interinstitucionales con la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS para encargar la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección para la adquisición de bienes, servicios en general, consultorías y obras. e) Autorizar el pago por enriquecimiento sin causa y/o reconocer el pago por obligaciones contraídas en ejercicios anteriores. En dichos casos, dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, poniendo en conocimiento los hechos a la Secretaría Técnica de la O fi cina de Recursos Humanos. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución, contando previamente con los Informes del área usuaria, del órgano encargado de las contrataciones y de la O fi cina de Asesoría Jurídica. 2.2 En materia de contratación pública:a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección; así como para las contrataciones realizadas, a través de catálogos electrónicos de acuerdos marco. b) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas para contratar bienes, servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogeneizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en el TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento. c) Aprobar las Solicitudes de Expresión de Interés para el procedimiento de Selección de Consultores individuales. d) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley N° 30225. e) Aprobar las Solicitudes de Cotización para los procedimientos de selección de Comparación de Precios. f) Otorgar la buena pro en los procedimientos de selección de Comparación de Precios. g) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. h) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. i) Designar los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. j) Autorizar la contratación de expertos independientes o la solicitud de apoyo de expertos de otras entidades para los Comités de Selección de la ONP; así como la participación de expertos independientes de la ONP en los comités de selección de otras entidades. k) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley N° 30225. l) Suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes, servicios y obras derivados de procedimientos de selección y/o contratos complementarios. m) Autorizar otras modi fi caciones a los contratos suscritos en el marco de la TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato y que las modi fi caciones no impliquen la variación del precio, en el marco de lo establecido en el artículo 34 del TUO de la Ley N° 30225. n) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley N° 30225. o) Aprobar la cesión de posición contractual del contratista en los casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a la Entidad, cuando se produzcan fusiones, escisiones o que exista norma legal que lo permita expresamente.