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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2021 (23/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2021 El Peruano / ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Modifican la Res. Nº 187-2020-OSCE/PRE, en lo referido a la delegación de facultades otorgadas al/a la Secretario/a General RESOLUCIÓN N° 015-2021-OSCE/PRE Jesús María, 22 de enero de 2021 VISTOS: El Memorando N° D00033-2021-OSCE-OCO de la Ofi cina de Comunicaciones; y el Informe N° D000028- 2021-OSCE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado con Resolución N° 306-2020-JNE, establece que el titular del pliego o quien este faculte, presenta al Jurado Electoral Especial el formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en período electoral, difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, asimismo, el literal w) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como función de la Presidencia Ejecutiva, delegar total o parcialmente las atribuciones que le corresponda, con excepción de las señaladas por Ley; Que, mediante Resolución Nº 187-2020-OSCE/ PRE de fecha 29 de diciembre de 2020, se delegaron diversas facultades en funcionarios del OSCE, en materia presupuestaria y planeamiento estratégico, contrataciones del Estado, programación multianual y gestión de inversiones, gestión administrativa, contable, defensa jurídica y gestión de la continuidad operativa, para el año 2021; Que, a través del documento de Visto, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera viable se delegue en el/la Secretario/a General la facultad de presentar al Jurado Electoral Especial el formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en período electoral, difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión, conforme a lo señalado en el numeral 24.1 del articulo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado con Resolución N° 306-2020-JNE; Que, en ese contexto, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta conveniente modi fi car el numeral 1.4 del artículo 1 de la Resolución Nº 187-2020-OSCE/PRE, a fi n de garantizar una adecuada gestión que permita al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE agilizar el cumplimiento de sus funciones y optimizar la gestión administrativa; Con el visado del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Por lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, modi fi cado por Decretos Supremos N° 377- 2019-EF y N° 168-2020-EF; la Resolución N° 306-2020-JNE, que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 1.4 del artículo 1 de la Resolución Nº 187-2020-OSCE/PRE, referido a la delegación de facultades otorgadas al/a la Secretario/a General, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, las siguientes facultades: (…) 1.4 En materia de Gestión Administrativa:(…)d) Presentar al Jurado Electoral Especial el formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en período electoral, difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión, conforme a lo señalado en el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado con Resolución N° 306-2020-JNE.” Artículo 2 .- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Nº 187-2020-OSCE/PRE, que no se opongan a la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1922109-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Delegan facultades y atribuciones en materia administrativa, presupuestaria y contrataciones del Estado a favor de diversos funcionarios de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 26-2021-SUCAMEC Lima, 14 de enero de 2021