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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2021 (24/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 24 de enero de 2021 / El Peruano CARTERAS DE CRÉDITOSConjunto de créditos de capital de trabajo otorgados por las ESF o COOPAC al pequeño PRODUCTOR AGROPECUARIO en el marco de lo establecido en el DECRETO DE URGENCIA y el REGLAMENTO. COFIDE Corporación Financiera de Desarrollo S.A. COOPACCooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (COOPAC), a las que se re fi ere la Ley Nº 30822, Ley que modi fi ca la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y la Resolución SBS Nº 480-2019, que aprueba el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓNEs la comisión que recibe COFIDE como contraprestación por la administración de las GARANTIAS DEL GOBIERNO NACIONAL Y LINEAS DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO otorgadas en el marco del programa FAE-AGRO, la cual se determina en el presente REGLAMENTO. COMISIÓN DE GARANTÍAEs el monto que se debe pagar al FIDUCIARIO por el otorgamiento de la GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONAL, la misma que se calculará sobre los siguientes componentes: a) COMISIÓN POR LÍNEA DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO.b) COMISIÓN POR CARTERA GARANTIZADA. COMISIÓN POR LÍNEA DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIOEs la comisión que la ESF o COOPAC debe pagar al FIDUCIARIO por todas las líneas de crédito revolvente individuales aprobadas a favor de los PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS bajo FAE-AGRO. COMISIÓN POR CARTERA GARANTIZADAEs la comisión que la ESF, COOPAC o COFIDE (en caso éste provea el fondeo del programa) debe pagar al FIDUCIARIO por garantizar los créditos otorgados al PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO en el marco del programa. CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍAContrato de Fideicomiso suscrito entre la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, como Fideicomitente, y COFIDE, en calidad de Fiduciario y Fideicomisario, con la fi nalidad de administrar las garantías otorgadas, las comisiones cobradas y los créditos honrados en el marco del FAE-AGRO. Esta de fi nición incluye también todas las Adendas que se celebren. CONTRATO DE FIDEICOMISO DE TITULIZACIÓNContrato de Fideicomiso de Titulización, en el que COFIDE participa como Fiduciario, Fideicomitente y Fideicomisario, que tiene por objeto la titulización de las CARTERAS DE CRÉDITO originadas por COFIDE en el marco del Programa FAE-AGRO. Esta defi nición incluye también todas las Adendas que se celebren CONTRATO DE CANALIZACIÓN DE RECURSOS Contrato suscrito entre COFIDE y la ESF o COOPAC, en el cual se establecen los términos y condiciones respecto de la canalización de los recursos para el FINANCIAMIENTO FAE-AGROCONTRATO DE GARANTÍAContrato suscrito entre COFIDE y la ESF o COOPAC, en el cual se establecen los términos y condiciones respecto del otorgamiento de garantías para el FINANCIAMIENTO FAE-AGRO CRÉDITO GARANTIZADOFinanciamiento otorgado, desde la aprobación del REGLAMENTO, asignado por COFIDE a la ESF o COOPAC para fi nanciar al PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO en el marco de lo establecido en el FAE-AGRO DGTPDirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas DECRETO DE URGENCIADecreto de Urgencia N° 082-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de los pequeños productores agrarios del Sector Agrario para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 089-2020, el Decreto Supremo N° 212-2020-EF, el Decreto de Urgencia N° 096-2020 y el Decreto de Urgencia Nº 140-2020. Esta de fi nición incluye sus modi fi caciones posteriores ESFEntidad del Sistema Financiero, que comprende empresas bancarias, fi nancieras, Empresa de desarrollo de la pequeña y micro empresa, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito, constituidas bajo los alcances de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros FAE-AGROPrograma de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO), creado mediante DECRETO DE URGENCIA, con el objeto de garantizar los créditos para capital de trabajo de los agricultores que realicen agricultura familiar conforme de fi ne la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fi n de asegurar las campañas agrícolas, así como el abastecimiento de alimentos a nivel nacional FENOLOGÍA DEL CULTIVOPeriodo vegetativo de los cultivos transitorios como permanentes que culminan con la comercialización del producto FIDEICOMITENTE DEL FIDEICOMISO DE GARANTIASMinisterio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General del Tesoro Público FIDEICOMISARIO DEL FIDEICOMISO DE GARANTIACOFIDE y MEF FIDUCIARIO COFIDE FINANCIAMIENTO FAE-AGROSub préstamo otorgado por las ESF o COOPAC al PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO, en el marco del FAE-AGRO GARANTÍA DEL GOBIERNO NACIONALGarantía otorgada por el Gobierno Nacional a las CARTERAS DE CRÉDITOS elegibles en el marco del Programa FAE-AGRO MANUAL DE OPERACIONES DEL PROGRAMADocumento elaborado por COFIDE que contiene los lineamientos que determinan la operatividad a seguir por dicha Institución en el marco del FAE-AGRO MEF Ministerio de Economía y Finanzas MIDAGRI Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego