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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2021 (28/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 28 de enero de 2021 / El Peruano VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio Nº 1300-2020-MP-FN-PJFSLIMANOROESTE, suscrito por el abogado Jorge Veiga Reyes, en ese entonces Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Superior para el Despacho de la Fiscalía Superior Civil y Familia Transitoria de Ventanilla, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fi scal que provisionalmente ocupe dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE REVUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Alberto García Santos, Fiscal Adjunto Superior Titular Mixto de Loreto, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2261-2016-MP-FN y 462-2020-MP-FN, de fechas 16 de mayo de 2016 y 02 de marzo de 2020, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Luis Alberto García Santos, como Fiscal Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Civil y Familia Transitoria de Ventanilla, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Ofi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1923445-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Moquegua RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 117-2021-MP-FN Lima, 27 de enero de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 1641-2020-MP-FN-PJFSMOQUEGUA, cursado por el abogado Washington David Cruz Cervantes, en ese entonces Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Moquegua, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, la misma que a la fecha se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar al abogado Alexander Freddy Ramos Díaz, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Moquegua, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, con reserva de su plaza de origen.Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Moquegua, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1923447-1 Dan por concluidos nombramientos y nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 118-2021-MP-FN Lima, 27 de enero de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 761-2020-MP-FN, de fecha 08 de julio de 2020, se nombró entre otros, al abogado César Williams James Miranda Enriquez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur, y disponiéndose que sea asignado temporalmente a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, con la fi nalidad que preste apoyo en el plan de descarga que ejecuta el referido Distrito Fiscal. Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 971-2020-MP-FN, de fecha 04 de septiembre de 2020, se dispuso, entre otros, la modi fi cación de la denominación del Despacho mencionado en el párrafo precedente, el mismo que actualmente se denomina Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo señalado en el o fi cio Nº 3452-2020-MP-FN-PJFSLIMASUR, cursado por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, en el o fi cio Nº 580-2020-MP-FN-CN-FEVCMYGF, suscrito por la abogada Kelly Calderón Pérez, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, y en el o fi cio Nº 205-2020-ODCI- LIMASUR, remitido por el abogado Tony Washington García Cano, Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lima Sur, así como en el informe Nº 27-2020-A-DF-LIMASUR, elaborado por el ingeniero José Miguel Sernaqué Marroquin, analista del Distrito Fiscal de Lima Sur, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.