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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (03/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de febrero de 2021 / El Peruano por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 0150-2020-UNAM, de fecha 11.03.2020, se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA” de la Universidad Nacional de Moquegua, en el que se estableció los requisitos y la tarifa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional; Que, mediante Formulario Único de Trámite con registro N° 1370 del 24.02.2020, doña LIZBETH PATRICIA MAQUERA CONDE solicitó duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, el cual fue expedido por esta Universidad el 27.06.2014, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta tres fotografías tamaño pasaporte, Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación regional de la pérdida del referido diploma, copia del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, por el Informe N° 0230-2020-SEGE-PRES/ UNAM del 29.07.2020, el Secretario General de la Universidad Nacional de Moquegua, eleva al despacho de la Presidencia de la Comisión Organizadora para su aprobación; señalando que se cuenta con la opinión legal favorable emitida por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal, contenida en el Informe Legal N° 143-2020-UNAM-CO/OAL del 08.04.2020. Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, de fecha 31 de julio de 2020, por UNANIMIDAD se acordó: 1) DECLARAR, la NULIDAD del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, conferido a doña LIZBETH PATRICIA MAQUERA CONDE el 27 de junio del 2014, por motivo de pérdida. 2) OTORGAR el DUPLICADO del Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, a favor de doña LIZBETH PATRICIA MAQUERA CONDE con código de Matrícula Universitario 2008105014 e inscribir en el Libro O fi cial de Grados Académicos de Bachiller, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución 3) DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad a las normas vigentes, bajo responsabilidad. Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria N° 30220, Resolución de Consejo Directivo N° 103-2017-SUNEDU-CD y el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, la NULIDAD del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, conferido a doña LIZBETH PATRICIA MAQUERA CONDE el 27 de junio del 2014, por motivo de pérdida. Artículo Segundo.- OTORGAR el DUPLICADO del Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Ambiental, a favor de doña LIZBETH PATRICIA MAQUERA CONDE con código de Matrícula Universitario 2008105014 e inscribir en el Libro O fi cial de Grados Académicos de Bachiller, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad a las normas vigentes, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), la anulación del Diploma anterior y el registro del nuevo Diploma de Grado Académico de Bachiller. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO KUONG CORNEJO Secretario General 1924589-2 Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Moquegua a favor de la Contraloría General de la República, destinada al pago de sociedad auditora RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 0601-2020-UNAM Moquegua, 26 de octubre de 2020 VISTOS, el Informe Nº 284-2020-DIGA/CO/UNAM del 22.10.2020, Informe Legal Nº 464-2020-UNAM-CO/OAL del 15.10.2020, Informe Nº 760-2020-UP-OPEP/UNAM del 15.10.2020, Informe Nº 268-2020-DIGA/CO/UNAM del 15.10.2020, O fi cio Nº 001221-2019-CG/SGE del 27.11.2019, y el Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora del 26 de octubre de 2020 y; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Capítulo IV del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua; Que, mediante el O fi cio N° 001221-2019-CG/ SGE, la Contraloría General de la República, a efectos de implementar lo dispuesto en la Ley N° 30742 para el periodo 2019 – 2020, hace conocer que mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, se ha aprobado el tarifario para dicho periodo que establece el monto de la retribución económica, incluido el IGV, y el derecho de designación y supervisión de la sociedad auditora. Dicha entidad fi scalizadora, tiene programado iniciar en el presente año fi scal, las convocatorias públicas de méritos pada la designación de sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el tarifario aprobado; por lo que solicita que a la brevedad posible se efectúe la transferencia de recursos por el importe de la retribución económica, incluido el IGV y el derecho de designación y supervisión de la sociedad auditora. Que, al respecto, con Informe N° 268-2020-DIGA/ CO/UNAM, la Dirección General de Administración, dispone se tramite la transferencia requerida, según el correo de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de la sociedad de auditoría, que previo concurso público de méritos, se designará para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2019 – 2020. Que, con Informe N° 760-2020-UP-OPEP/UNAM, la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, hace conocer que, de acuerdo al presupuesto asignado a la Meta 037, remite opinión presupuestal favorable para la transferencia fi nanciera del Pliego: 545 Universidad Nacional de Moquegua, al Pliego: 019 Contraloría General de la República, por el importe de S/ 94,354.00 soles (Noventa y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro y 00/100 Soles), que constituye el 100% de la retribución económica y por derecho de designación o supervisión de la sociedad auditora que examinará los estados fi nancieros presupuestaria 2019 y 2020; enfatizando que, la transferencia fi nanciera aprobada se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal 2020; conforme al siguiente detalle: