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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (13/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 13 de febrero de 2021 El Peruano / de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos; Que, en atención de lo expuesto y de conformidad con el numeral 19.8 del artículo 19 de la Ley Universitaria y el literal e) del artículo 8 del ROF de la Sunedu, el Consejo Directivo de la Sunedu es competente para aprobar, cuando corresponda, documentos normativos; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 007-2021; SE RESUELVE:Primero.- Modi fi car el numeral 16.4 del artículo 16 del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de las Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU-CD, en los siguientes términos: “Artículo 16.- Emisión de grados y títulos (…)16.4 Los grados y títulos otorgados por la universidad en proceso de cese de actividades deben ser remitidos a la Sunedu conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento del Registros Nacional de Grados y Títulos. Excepcionalmente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa por parte de la Universidad y sus autoridades, la Sunedu procede con el registro de grados académicos y títulos profesionales con la fi rma, en los respectivos diplomas, del Secretario General y, Rector o Vicerrector, inscritos en el Registro de Datos de Autoridades”. Segundo.- Disponer que lo señalado en el numeral 16.4 del artículo 16 del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de las Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU-CD, es aplicable a los grados académicos y títulos profesionales emitidos con anterioridad a la vigencia de la presente norma, y cuya inscripción haya sido solicitada con anterioridad a la publicación de la presente Resolución de Consejo Directivo. Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y encárguese a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y su exposición de motivos en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día que su publicación en el diario o fi cial. Regístrese y publíqueseOSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1927770-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el “Plan de Actividades para el Fortalecimiento de Competencias - 2021 del Programa Presupuestal 0099: Celeridad de los procesos judiciales laborales” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000033-2021-CE-PJ Lima, 9 de febrero del 2021VISTO:El O fi cio N° 000020-2021-JAV-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela.CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Consejero Javier Arévalo Vela mediante O fi cio N° 0020-2021-JAV-CE-PJ remite a este Órgano de Gobierno el O fi cio N° 000062-2021-PP0099- PJ de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales”, por el cual presenta el Plan de Actividades para el Fortalecimiento de Competencias - 2021 del referido programa, para su aprobación, en cumplimiento a lo dispuesto en la Estructura Programática y Anexo 02 del citado Programa Presupuestal. Segundo. Que, el referido plan de actividades se encuentra dirigido a jueces/zas y servidores/as jurisdiccionales y administrativos de los órganos jurisdiccionales y dependencias que se encuentran dentro del ámbito de acción del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales. Las mismas que se realizan de forma virtual de acuerdo con las disposiciones emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ante la emergencia sanitaria producida por la pandemia del COVID-19, y son fi nanciadas en su totalidad por el citado programa. Tercero. Que, asimismo, las actividades detalladas se encuentran enmarcadas en los documentos aprobados por Resolución Administrativa N° 000021-2021-CE-PJ, referidos al “Diagnóstico de Capacidades de Jueces y Personal Jurisdiccional y Administrativo de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias), y el “Plan de Desarrollo de Capacidades para los Jueces y Trabajadores Judiciales de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias) 2021 - 2023, del Programa Presupuestal 0099”. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 131-2021 de la quinta sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Actividades para el Fortalecimiento de Competencias - 2021 del Programa Presupuestal 0099: Celeridad de los procesos judiciales laborales”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de actividades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Responsable Técnica del Programa Presupuestal 0099: Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1927610-1