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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (13/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 13 de febrero de 2021 / El Peruano las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que fuera potenciado en el periodo 2020 por el estado de emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a la partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Sétimo. Que, asimismo, por Resolución Administrativa N° 000013-2021-CE-PJ, se incorporó al Responsable Técnico del Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, como integrante de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico y/o mesas de trabajo que se constituyan en aplicación de la Resolución Administrativa N° 000136-2020-CE-PJ. Octavo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente ampliar el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE), para el periodo 2021-2023. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 166- 2021 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de febrero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE), para el periodo 2021-2023; conforme a su estructura orgánica aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1927610-7 Aprueban el Plan de Implementación del Proyecto “Tucuy Ricuy” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000040-2021-CE-PJ Lima, 12 de febrero del 2021 VISTOS: El Proveído N° 000610-2021-SG-CS-PJ, de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y el O fi cio N° 001-2021-CNCJ/P-CE-PJ, cursado por el señor César San Martín Castro, Juez Supremo titular y Presidente de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial.CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor César San Martín Castro, Juez Supremo titular y Presidente de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial, remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Implementación del Proyecto “Tucuy Ricuy”, que tiene como visión general cesar efectivamente con la violencia contra la mujer potenciando el desarrollo de la inteligencia humana con el uso de las tecnologías de información, para dar respuestas ágiles, e fi caces y efi cientes. Segundo. Que, el referido proyecto nace de la necesidad de brindar respuestas efectivas a partir de la innovación tecnológica, para automatizar y reducir signi fi cativamente los tiempos de atención en los casos de violencia de género, teniendo en cuenta que según información del Sistema Integrado Judicial - SIJ desde el año 2015 hasta el año 2018 se ha registrado un crecimiento superior a mil por ciento (1148%) respecto al ingreso de nuevas causas en materia de violencia familiar, lo que expresa la captación de una demanda oculta que se visibiliza a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes el Grupo Familiar. Tercero. Que, asimismo, dicho plan de implementación contiene los siguientes objetivos: a) Desarrollar tecnología para la justicia acorde a la realidad local; b) Ampliar las capacidades de conocimiento del juez; c) Promover una solución innovadora que lidere el sector justicia; y d) Disminuir los tiempos de análisis y clasi fi cación de la información con grandes niveles de fi abilidad. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido plan de implementación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 202- 2021 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de febrero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Implementación del Proyecto “Tucuy Ricuy”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de implementación. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial, Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1927610-8