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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2021 (19/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Lunes 19 de julio de 2021 El Peruano / JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conceder la gracia presidencial de CONMUTACIÓN DE LA PENA a la interna y los internos sentenciados: Establecimiento Penitenciario del Callao1. LA ROSA CHUMBES, JOSE LUIS, conmutándole la pena privativa de la libertad de 8 años 4 meses a 6 años 2 meses 25 días, cuyo cómputo vencerá el 23 de julio de 2021. Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Trujillo 2. HARO HERRERA, FLOR CATALINA, conmutándole la pena privativa de la libertad de 10 años a 4 años 9 meses 5 días, cuyo cómputo vencerá el 23 de julio de 2021. Establecimiento Penitenciario de San Ignacio3. GONZALES CORONEL, NICOLAS, conmutándole la pena privativa de la libertad de 9 años a 7 años 9 meses 17 días, cuyo cómputo vencerá el 23 de julio de 2021. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1974072-3 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Disponen la publicación del proyecto “Directiva para la fiscalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certificadoras de conversión a gas licuado de petróleo (GLP) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000056-2021-SUTRAN-SP Lima, 15 de julio del 2021VISTOS: El Informe Nº D000071-2021-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando Nº D000205-2021-SUTRAN-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000246-2021-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000182-2021-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y;CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, se creó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran como entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones con competencia para normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional; Que, a través del Informe Nº D000071-2021-SUTRAN- GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta y propone la publicación del proyecto “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas licuado de petróleo (GLP) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, la cual cuenta con las conformidades de los órganos de línea; Que, mediante el Memorando Nº D000205- 2021-SUTRAN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000099-2021-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de directiva; Que, con el Informe N° D000246-2021-SUTRAN-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la publicación del proyecto de directiva, a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000182-2021-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre los talleres de conversión a gas licuado de petróleo (GLP) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, a fi n de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con la Ley N° 29380- Ley de Creación de la Sutran; el Reglamento de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 033-2009-MTC; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y contando con los vistos buenos de la Gerencia de Estudios y Normas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto “Directiva para la fi scalización del cumplimiento de la normativa sobre las entidades certi fi cadoras de conversión a gas licuado de petróleo (GLP) por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, y de su exposición de motivos, en el portal institucional, www.gob.pe/sutran, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios al correo electrónico lperezhe@sutran.gob.pe, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, con el asunto “Comentarios a la Directiva de Fiscalización a Entidades Certi fi cadoras de Conversión a GLP”. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas el procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional, www.gob.pe/sutran. Regístrese y comuníquese.PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Superintendente 1973707-1