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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N. N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALMartin Eduardo Antonio Vazallo ArevaloZoila Maria Vazallo JacoboMaria Alejandra Vazallo ArevaloGlenda Mireya Vazallo MartinRodolfo Antonio Vazallo OrbegosoCarmen Francisca Vazallo OrbegosoZoila Gladys Vazallo OrbegosoKarla Roxana Vazallo CanchachiCÓDIGO: RV4-T1-EV-SEC-032AREA AFECTADA: 14,916.37 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 257 307,39LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:NORTE: Con el área remanente de la UC 05485, con 317.13 m.SUR: Con la UC 0741 y con el área remanente de la UC 05485, con 306.94 m.ESTE: Con la UC 05190 con un camino carrozable de por medio, con 43.85 m.OESTE: Con la UC 00740, con un camino de acceso de por medio, con 52.42 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice Lado DistanciaWGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 103.95 740802.3439 9068175.3058 B B-C 213.18 740898.9670 9068136.9868 PARTIDA REGISTRAL N° 11170641 - Ofi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo Informe Técnico N° 045-2021-GWAS suscrito por veri fi cador catastral.C C-D 3.22 741104.3938 9068081.8001 D D-E 18.70 741104.8391 9068078.6103 E E-F 9.02 741105.5893 9068059.9245 F F-G 2.68 741107.0736 9068051.0261 G G-H 10.23 741105.0615 9068049.2568 H H-I 3.71 741097.6076 9068042.2484 I I-J 12.51 741093.9381 9068042.7981 J J-K 11.59 741081.4293 9068042.6583 K K-L 12.66 741069.8441 9068042.9280 L L-M 10.48 741057.1869 9068042.7983 M M-N 172.82 741046.7159 9068043.2059 N N-O 83.18 740881.2718 9068092.3675 O O-P 3.18 740803.9523 9068123.0310 P P-Q 4.41 740804.0515 9068126.2106 Q Q-R 3.86 740804.0928 9068130.6197 R R-S 4.46 740803.6146 9068134.4488 S S-T 4.58 740803.4743 9068138.9079 T T-U 4.70 740802.8229 9068143.4369 U U-V 4.70 740802.3445 9068148.1156 V V-W 4.73 740801.8663 9068152.7949 W W-X 4.56 740801.8746 9068157.5238 X X-Y 4.58 740802.0809 9068162.0829 Y Y-Z 4.58 740802.2953 9068166.6620 Z Z-A 4.07 740802.5014 9068171.2407 1976272-1 Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry – Empalme PN1N y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 728-2021-MTC/01.02 Lima, 23 de julio de 2021VISTA: La Nota de Elevación N° 160-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry – Empalme PN1N; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Ú nico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisició n y Expropiació n de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberació n de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecució n de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.5 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne a la Expropiación como la transferencia