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98 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Aceptan renuncia de Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0247-2021-RE Lima, 22 de julio de 2021VISTA:La carta presentada por la abogada María del Carmen Barragán Coloma, mediante la cual renuncia al cargo de confi anza como Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0149-2021- RE, se designó a la abogada María del Carmen Barragán Coloma en el cargo de con fi anza de Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; Que, la abogada María del Carmen Barragán Coloma ha presentado su renuncia al cargo de con fi anza como Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, por lo que resulta conveniente aceptar su carta de renuncia al cargo antes señalado; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, con fecha del 31 de julio de 2021, la renuncia de la abogada María del Carmen Barragán Coloma, al cargo de con fi anza de Asesora en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores. Artículo 2.- Dar las gracias a la abogada María del Carmen Barragán Coloma, por los servicios prestados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1976072-1 SALUD Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la presentación y contenido de los documentos requeridos en la inscripción y reinscripción de productos biológicos: vacunas DECRETO SUPREMO N° 020-2021-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, se han de fi nido y establecido los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos; Que, de conformidad con el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos; y de acuerdo con su artículo 4, el Sector Salud está -------------------------------- --------------------------- Infractor/a Fiscalizador Nombre y Apellido Nombre y Apellido D N I N ° D N I N ° Fecha En caso de que el ciudadano infractor sea analfabeto, bastará con la impresión digital de su índice derecho o en ausencia de este, de cualquier otro, dejando constancia de la lectura del Acta; de ser posible consignará para ello un testigo. Plazo de Pago Observaciones IMPORTANTE: Toda información consignada en esta solicitud se considera cierta, en atención al Principio de presunción de veracidad reconoci do en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la misma que estará sujeta a fiscalización posterior. En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 29733, Ley de protección de Datos Personales, le informamos que los datos persona les que usted nos proporcione serán utilizados y/o tratados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (por sí mismo o a través de terceros), estricta y únicamente para administrar el registro de juegos de loterías y similares en sede administrativa, así como, de ser el caso, para las actividades vinculadas con la organiz ación de juegos de loterías y similares. Se informa que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables podría compartir y/o usar y/o almacenar y/o transferir su in formación a terceras personas, estrictamente con el objetivo de realizar las actividades antes mencionadas. 1976352-6