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124 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / difundir las normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados en el marco de las políticas y normas que se vinculen; así como normar y promover la recuperación de espacios urbanos y la protección y mejoramiento del ambiente de los centros poblados; Que, los literales b) y f) del artículo 69 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, señalan como funciones de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la DGPRVU, elaborar y difundir normas, reglamentos, planes, lineamientos, metodologías, directivas y procedimientos, entre otros, de alcance nacional, referidos al manejo de suelo urbano y urbanizable, expansión urbana, espacios libres, imagen, paisaje urbano, renovación urbana, gestión del riesgo en el desarrollo urbano y otros en el ámbito de su competencia y en armonía con la normatividad vigente; así como, elaborar normas, lineamientos, directivas y procedimientos de alcance nacional, referidos a la infraestructura de movilidad en el ámbito urbano y rural; Que, la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos tiene por objeto establecer el marco normativo para la gestión, protección, manejo y sostenibilidad de los espacios públicos, en tanto elementos esenciales para la mejora de la calidad de la vida de las personas y del ambiente en la ciudad; así como garantizar su uso público, a través del trabajo coordinado, participativo y técnicamente consistente de las instituciones y organismos competentes; Que, el artículo 5 de la Ley N° 31199, dispone que a las entidades públicas que integran el Sistema Nacional de Bienes Estatales, de conformidad con lo señalado en el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA les corresponde la administración, regulación, mantenimiento y tutela de los espacios públicos establecidos dentro de su ámbito de competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley en mención, dispone que el Poder Ejecutivo, a propuesta del MVCS, aprueba el reglamento correspondiente en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contado desde el día siguiente de su publicación; Que, con los documentos de vistos, la DGPRVU sustenta y propone el proyecto de Reglamento de la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos, el cual tiene por fi nalidad mejorar la calidad de vida de las personas y el medio ambiente de las ciudades y centros poblados, estableciendo lineamientos generales a efectos de desarrollar mecanismos que implementen los gobiernos locales y entidades competentes para la adecuada gestión, protección, manejo y sostenibilidad de los espacios públicos, garantizando, a su vez, su uso público; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios y/o aportes por vía electrónica a través del portal institucional; Que, conforme al sustento propuesto por la DGPRVU, la publicación del proyecto del Reglamento de la Ley N° 31199 resulta necesaria a fi n que las personas interesadas formulen sus comentarios a las medidas propuestas dado los impactos jurídicos de las mismas; asimismo, desde el punto de vista técnico y de la gestión de los espacios públicos es pertinente la difusión del proyecto en relación a las competencias de los gobiernos locales en materia de gestión urbana;Que, a través del Informe N° 518-2021-VIVIENDA/ OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos; De conformidad con la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos, del citado Reglamento y de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de veinte (20) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas. Artículo 2.- Consolidación Encargar a la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes y sugerencias respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Reglamento de la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1976354-1 Aprueban la “Guía para el Diseño e Implementación de Inversiones en Vías Locales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2021-VIVIENDA Lima, 23 de julio del 2021VISTOS:Los Memorándums N°s. 546, 556 y 609-21-VIVIENDA-VMVU-PMIB y el Informe N° 897-2021-VIVIENDA/VMVU-PMIB del Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB); los Informes Técnicos N°s. 310 y 341-2021/VMVU/PMIB-pochoar, de la Unidad Técnica de Intervenciones Físicas del PMIB; los Memorándums N°s. 697 y 761-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU); los Informes Técnicos Legales N°s. 14 y 17-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-MCMB-mgph, de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano (DUDU); el Memorándum N° 395-2021/VIVIENDA-OGPP-OI y el Informe Técnico N° 232-2021/VIVIENDA-OGPP-OI, de la Oficina de Inversiones (OI) de la OGPP; el Memorándum N°