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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2021 (26/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Lunes 26 de julio de 2021 El Peruano / 7.2) El material de construcción y de decoración, incluido el equipo eléctrico, para las casetas provisionales de los expositores extranjeros. 7.3) El material publicitario y de demostración que se destine mani fi estamente a ser utilizado para la publicidad de las mercancías extranjeras expuestas, como grabaciones sonoras y de vídeo, películas y diapositivas, y los aparatos necesarios para su utilización. 8) El material, incluidas las instalaciones de interpretación, los aparatos de grabación de sonido y de vídeo, y las películas de carácter educativo, cientí fi co o cultural, para ser utilizado en reuniones, conferencias o congresos internacionales. 9) Pequeñas muestras representativas de mercancías extranjeras expuestas en una manifestación, incluidas las muestras de productos alimenticios y bebidas, importadas como tales muestras o que se hayan confeccionado en la manifestación utilizando para ello mercancías importadas a granel, siempre que: 9.1) Se trate de productos extranjeros suministrados gratuitamente y que sirvan únicamente para distribuciones gratuitas al público en la propia manifestación, para su utilización o consumo por las personas a quienes se hayan distribuido. 9.2) Dichos productos sean identi fi cables como muestras de carácter publicitario y de escaso valor unitario. 9.3) No se presten a la comercialización y, en su caso, se preparen en cantidades inconfundiblemente más pequeñas que las contenidas en el embalaje más pequeño de los vendidos al por menor. 9.4) Las muestras de productos alimenticios y de bebidas que no se distribuyan en un embalaje con arreglo al apartado 9.3) anterior se consuman en la manifestación; y 9.5) El valor global y la cantidad de las mercancías sean razonables, en opinión de la autoridad aduanera en virtud de la naturaleza de la manifestación, del número de visitantes y de la importancia de la participación del expositor en la manifestación. 10) Mercancías importadas únicamente para su demostración o para la demostración de máquinas y aparatos extranjeros presentados en la manifestación y que se consuman o destruyan en el curso de dichas demostraciones, siempre y cuando el valor global y la cantidad de las mercancías sean razonables, en opinión de la autoridad aduanera, en virtud de la naturaleza de la manifestación, del número de visitantes y de la importancia de la participación del expositor en la manifestación. 11) Productos de escaso valor utilizados para la construcción, el acondicionamiento y la decoración de las casetas provisionales de los expositores extranjeros que concurran a la manifestación (pinturas, barnices, papel pintado, etc.), destruidos por el mero hecho de su utilización. 12) Impresos, catálogos, prospectos, listas de precios, carteles de publicidad, calendarios (ilustrados o no) y fotografías sin marco que se destinen mani fi estamente a ser utilizados como material de publicidad de las mercancías, siempre que: 12.1) Se trate de productos extranjeros suministrados gratuitamente y que sirvan únicamente para distribuciones gratuitas al público en el lugar de la manifestación; y 12.2) El valor global y la cantidad de las mercancías sean razonables, en opinión de las autoridades aduaneras del territorio de importación temporal, habida cuenta de la naturaleza de la manifestación, del número de visitantes y de la importancia de la participación del expositor en la manifestación. 13) Expedientes, archivos, formularios y otros documentos que se destinen a ser utilizados como tales en el curso de reuniones, conferencias o congresos internacionales o con ocasión de los mismos.Anexo II Lista de mercancías consideradas como material profesional, de prensa, de radiodifusión, de televisión, cinematográ fi co y otros materiales profesionales 1) Material de prensa, de radiodifusión y de televisión necesario para los representantes de la prensa, de la radiodifusión o de la televisión con el fi n de realizar reportajes, grabaciones o emisiones en el marco de programas determinados. 2) Material cinematográ fi co necesario de una persona para realizar una o varias películas determinadas. 3) Material necesario para el ejercicio del o fi cio o la profesión de una persona para realizar un trabajo determinado. 4) Aparatos auxiliares del material mencionado en los numerales 1), 2) y 3) precedentes y los accesorios correspondientes. 5) Piezas sueltas importadas para la reparación del material profesional importado temporalmente. 6) Material de prensa, tales como: - Ordenadores personales. - Telecopiadoras.- Máquinas de escribir.- Cámaras de todos los tipos (de película y electrónica).- Aparatos de transmisión, de grabación o de reproducción de sonido o de imagen (magnetófonos, magnetoscopios, lectores de vídeo, micrófonos, mesas de mezcla, altavoces). - Soportes de imagen o sonido, vírgenes o grabados.- Instrumentos y aparatos de medida y control técnico (oscilógrafos, sistemas de control de magnetófonos y magnetoscopios, multímetros, cajas de herramientas y bolsas, vectorescopios, generadores de señales de vídeo, etc.). - Material de iluminación (proyectores, convertidores, trípodes). - Accesorios (casetes, fotómetros, objetivos, trípodes, acumuladores, correas de transmisión, cargadores de batería, monitores). 7) Material de radiodifusión, tales como:- Material de telecomunicaciones, como aparatos transmisores-receptores o transmisores, terminales conectables en red o por cable, enlaces por satélite. - Equipos de producción de audiofrecuencia (aparatos de toma de sonido, de grabación y de reproducción). - Instrumentos y aparatos de medida y de control técnico (oscilógrafos, sistemas de control de magnetófonos y magnetoscopios, multímetros, cajas de herramientas y bolsas, vectorescopios, generadores de señales de vídeo, etc.). - Accesorios (relojes, cronómetros, brújulas, micrófonos, mesas de mezclas, cintas magnéticas para sonido, grupos electrógenos, transformadores, pilas y acumuladores, cargadores de batería, aparatos de calefacción, de climatización y de ventilación, etc.). - Soportes de sonido, vírgenes o grabados. 8) Material de televisión, tales como:- Cámaras de televisión. - Telecinema.- Instrumentos y aparatos de medición y de control técnico. - Aparatos de transmisión y de retransmisión.- Aparatos de comunicación.- Aparatos de grabación o de reproducción de sonido o de imagen (magnetófonos, magnetoscopios, lectores de vídeo, micrófonos, mesas de mezclas, altavoces). - Material de iluminación (proyectores, convertidores, trípodes). - Material de montaje.- Accesorios (relojes, cronómetros, brújulas, objetivos, fotómetros, trípodes, cargadores de batería, casetes, grupos electrógenos, transformadores, baterías y acumuladores, aparatos de calefacción, de climatización y de ventilación, etc.).