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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (01/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 1 de junio de 2021 / El Peruano Corales, subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Conchucos, con el cual remitió la Planilla de Aguinaldos Nº 028-2019 del Personal CAS, correspondiente a julio de 2019. m) Informe Nº 069-2019-MDC-SGRRHH, del 26 de junio de 2019, emitida por doña Yessica Janet Huamán Corales, subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Conchucos, por el cual remitió la Planilla de Remuneraciones Nº 032-2019-Planilla de Remuneraciones del Personal CAS, correspondiente a julio de 2019. n) Informe Nº 088-2019-MDC/E/RRHH, del 18 de setiembre de 2019, emitida por don Kebin Sleyter Rodríguez Rodríguez, subgerente (e) de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Conchucos, mediante el cual remitió la Planilla de Remuneraciones Nº 040-2019-Planilla de Remuneraciones del Personal CAS, correspondiente a setiembre de 2019. o) Informe Nº 09-2019-MDC/E/RRHH, del 24 de octubre de 2019, emitida por don Kebin Sleyter Rodríguez Rodríguez, subgerente (e) de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Conchucos, mediante el cual remitió la Planilla de Remuneraciones Nº 042-2019-Planilla de Remuneraciones del Personal CAS, correspondiente a octubre de 2019. p) Informe Nº 025-2019-MDC/S.G/RR.HH, del 19 de noviembre de 2019, emitida por don Kebin Sleyter Rodríguez Rodríguez, subgerente (e) de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Conchucos, mediante el cual remitió la Planilla de Remuneraciones Nº 044-2019-Planilla de Remuneraciones del Personal CAS, correspondiente a noviembre de 2019. q) Carta Nº 003-2019-REEA/MDC, del 11 de enero de 2019, suscrita por la señora regidora, por la cual presenta oposición a la contratación de sus familiares. 1.2. El 27 de enero de 2020, a través del Auto Nº 1, este Supremo Órgano Electoral corrió traslado de la solicitud de vacancia al Concejo Distrital de Conchucos, a fi n de que emita pronunciamiento en primera instancia. Descargos de la autoridad cuestionada1.3. En la sesión extraordinaria de concejo del 11 de diciembre de 2020, la señora regidora presentó sus descargos ante el concejo municipal y alegó lo siguiente: a. Conoce los alcances de la Ley Nº 26771, por tal razón y en ejercicio de su labor de fi scalización, se opuso constantemente a la posible contratación de algún familiar en la Municipalidad Distrital de Conchucos desde el primer día de gestión. b. No participó directa ni indirectamente en la contratación de algún familiar en la citada comuna, pues manifestó su oposición a las mismas en la Sesión de Concejo Nº 3, del 14 de enero de 2019, y a través de la Carta Nº 003-2019-REEA/MDC, del 11 de enero de 2019, recibida el 15 de enero del mismo año, dirigida al gerente municipal. c. Habiendo tomado conocimiento de la contratación de dos de sus familiares, uno de los cuales era don Miguel Aguilar, presentó el 6 de marzo de 2019 una carta dirigida al señor alcalde expresando su malestar respecto a su contratación, y solicitó que instruya al gerente general respecto a las medidas correctivas inmediatas. d. Mediante Carta Nº 06, del 3 de junio de 2019, dirigida al señor alcalde, ella y otros tres miembros del concejo municipal denunciaron y deslindaron la contratación de familiares directos, y solicitaron que se inicie un proceso disciplinario a los funcionarios que tengan responsabilidad en su contratación. e. El 13 de diciembre de 2019, solicitó al señor alcalde que, en el plazo de 48 horas, despida a don Miguel Aguilar, pues tal contratación habría sido realizada con la intención de buscar la vacancia de la señora regidora e impedir su labor de fi scalización. Para dichos efectos, adjuntó como medios probatorios los siguientes:a) Copia del Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Nº 03, del 14 de enero de 2019, mediante el cual, entre otros, el concejo municipal aprobó la moción formulada por la señora regidora. b) Carta Nº 003-2019-REEA/MDC, del 11 de enero de 2019, a través de la cual presentó al gerente general de la Municipalidad Distrital de Conchucos, oposición a la contratación de familiares. c) Carta del 6 de marzo de 2019, dirigida al señor alcalde, por medio de la cual denunció la contratación de sus dos parientes: don Islander Alejandro García Flores y don Miguel Aguilar, y solicitó instruya sobre la adopción de medidas correctivas. d) Carta Nº 06-2009/REGIDORES/MDC, del 3 de junio de 2019, dirigida al señor alcalde, junto con don Emerson Arturo Vidal Velásquez, don Linder Rosales Saldaña y Gilmer Luizo Flores Herrera, regidores del citado concejo edil, a través de la cual denunciaron la contratación de familiares dentro de la municipalidad y solicitaron que se inicie investigación respecto de los funcionarios que permitieron la misma. e) Carta del 13 de diciembre de 2019, dirigida al señor alcalde, en la que indicó que, debido al caso omiso sobre la no contratación de familiares, solicitó el despido inmediato de don Miguel Aguilar. Decisión del concejo municipal 1.4. En la sesión extraordinaria de concejo realizada el 11 de diciembre de 2020, el Concejo Distrital de Conchucos, por 4 votos en contra y 3 votos a favor, rechazó el pedido de vacancia presentado contra la señora regidora. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El señor recurrente argumentó lo siguiente: a. La señora regidora ejerció injerencia en la contratación de don Miguel Aguilar, conforme se acreditó con la declaración jurada, del 4 de febrero de 2020, expedida por este último y certi fi cada por don Daniel Lucio Lara Cardoso, juez de Paz de Primera Nominación de Conchucos, presentada en la sesión extraordinaria de concejo. b. Se ha acreditado que en la Municipalidad Distrital de Conchucos también se encuentra contratada doña Fabiola Eusebio Aguilar, hermana de la señora regidora. c. La autoridad cuestionada no cumplió con presentar su oposición a la contratación de don Miguel Aguilar, puesto que los escritos presentados señalan de manera genérica que se opone a la contratación de familiares, además que fueron presentados con posterioridad a la contratación del citado familiar. d. La señora regidora señaló haber presentado la Carta del 6 de marzo de 2019, mediante la cual se opuso a la contratación de don Miguel Aguilar; sin embargo, dicho documento no obra en el cuaderno de ingresos internos de la Municipalidad Distrital de Conchucos. e. Los documentos de oposición presentados no fueron derivados ni impulsados por la señora regidora, evidenciando que no cumplió con su labor de fi scalización. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El artículo 181 establece que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con criterio de conciencia, resuelve con arreglo a la ley y a los principios generales del derecho. En la LOM1.2. El numeral 4 del artículo 10 señala lo siguiente: Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: