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36 NORMAS LEGALES Sábado 12 de junio de 2021/ El Peruano propiedad del Estado; Cartas con Nueva Zelanda sobre el mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado; Cartas con Vietnam sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; Cartas con Vietnam sobre comercio electrónico; Cartas con Vietnam relativas al capítulo laboral; y Cartas con Vietnam sobre productos químicos agrícolas; Que, la aprobación de los citados instrumentos internacionales es conveniente a los intereses del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 e inciso 3 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y, el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE:Artículo 1.- Remitir al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpací fi co”, fi rmado el 8 de marzo de 2018 en Santiago, Chile. Artículo 2.- Remitir al Congreso de la República la documentación relativa a las Cartas con Australia que reafi rman los acuerdos relativos a productos distintivos y terminación del Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones; las Cartas con Canadá sobre industrias culturales; las Cartas con Malasia sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; las Cartas con Malasia sobre no recurso a solución de controversias por la medida disconforme en empresas de propiedad del Estado; las Cartas con Nueva Zelanda sobre el mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado; las Cartas con Vietnam sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; las Cartas con Vietnam sobre comercio electrónico; las Cartas con Vietnam relativas al capítulo laboral; y las Cartas con Vietnam sobre productos químicos agrícolas, fi rmadas el 8 de marzo de 2018 en Santiago, Chile. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1962685-5 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Protección Mutua de la Información Clasificada en el ámbito de la Cooperación Técnico - Militar” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2021-RE Lima, 11 de junio de 2021 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Protección Mutua de la Información Clasi fi cada en el ámbito de la Cooperación Técnico – Militar” fue suscrito el 17 de enero de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, el referido Acuerdo busca establecer compromisos sobre la protección mutua de la información clasi fi cada que sea transmitida, recibida y/o creada, en el curso de la cooperación técnico – militar entre el Perú y Rusia, de conformidad con las legislaciones de ambos países; Que, la aprobación del citado Acuerdo es conveniente a los intereses del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 e inciso 3 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y, el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE:Artículo 1.- Remitir al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Protección Mutua de la Información Clasi fi cada en el ámbito de la Cooperación Técnico – Militar”, suscrito el 17 de enero de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1962685-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que aprueba la tabla de valores referenciales actualizada para la aplicación del sistema de pago de obligaciones tributarias en el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre DECRETO SUPREMO N° 020-2021-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 155-2004-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 940 que regula el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, siendo que el funcionamiento del referido Sistema fue modi fi cado por las Leyes Nos. 28605 y 29173 y los Decretos Legislativos Nos. 1110 y 1395; Que, mediante Ley N° 28605, se introdujeron diversas modi fi caciones al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, entre ellas la incorporación del inciso d) al numeral 4.1 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 940, a efectos de establecer, como método de determinación del monto de depósito, tratándose del servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre, la aplicación de un porcentaje sobre el importe de la operación o sobre el monto señalado en la tabla de valores referenciales que es aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el que resulte mayor, la misma que puede ser actualizada periódicamente siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2006-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo N° 033-2006-MTC, se