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58 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano Administración Técnica del Distrito de Riego Moquegua ahora denominada (Autoridad Administrativa del Agua Caplina – Ocoña), en coordinación con la Administración Técnica del Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo ahora denominadas (Administración Local del Agua Moquegua y Administración Local de Agua Tambo – Alto Tambo), y sin afectar los usos legalmente establecidos de los valles de Moquegua, Torata e Ilo. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publiquese.ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1934161-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Reglamento Interno del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2021-EF/15 Lima, 11 de marzo del 2021CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se creó el Fondo MIPYME con la fi nalidad de fi nanciar fondos de garantía o a fi anzamiento para empresas del sistema fi nanciero o del mercado de valores; así como incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) a través de instrumentos para difusión tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados; Que, conforme al literal g) del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, dicha norma tiene como fi nalidad impulsar el desarrollo productivo y empresarial a través de instrumentos de servicios no fi nancieros, tales como iniciativas Clúster a nivel nacional, fortalecimiento e incentivo de los procesos de internacionalización de la MIPYME, así como de empresas exportadoras a que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 1403, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de las empresas exportadoras en el fondo MIPYME, la promoción del acceso al fi nanciamiento de emprendimientos dinámicos y de alto impacto, y la ampliación de los servicios tecnológicos que brinda el Estado; Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, modi fi ca el Capítulo V del Título II, los numerales 30.1, 30.3, 30.4, 30.6 del artículo 30 y los artículos 31, 32, 33 y 34 de la Ley Nº 30230; modi fi cando, entre otros, el cambio de denominación del Fondo MIPYME por Fondo MIPYME Emprendedor, y ampliando su objeto y plazo de vigencia; Que, de conformidad con el numeral iii) del primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, la Décima Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia Nº 013-2020 citada en el considerando precedente, entra en vigencia al día siguiente de publicado el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor; Que, por su parte, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final del mismo Decreto de Urgencia se crea el Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, el cual promueve y asegura el cumplimiento de las políticas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo CRECER y Fondo MIPYME Emprendedor, para lo cual ejerce las funciones de dirección, supervisión y evaluación de los instrumentos fi nancieros y no fi nancieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos en el país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 225-2020-EF se aprobó el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; Que, de conformidad con el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 225-2020-EF, el Reglamento Interno del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor y los lineamientos, condiciones para el otorgamiento de incentivos y los criterios de elegibilidad de las empresas y bene fi ciarios a los que se re fi ere la Décima Novena Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, se aprueba mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor. Que, de lo señalado en el Acta de Sesión Nº 1, de fecha 27 de noviembre de 2020, del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, se aprobó la propuesta del Reglamento Interno de dicho Comité; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Reglamento Interno del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; en el Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo CRECER; en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; en el Decreto de Urgencia Nº 056-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas para el pago de fondos otorgados o liberados por el Gobierno a través de cuentas en empresas del sistema fi nanciero y empresas emisoras de dinero electrónico ante la emergencia producida por el COVID-19 y otras disposiciones; y en el Decreto Supremo Nº 225-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobación del Reglamento Interno Apruébase el Reglamento Interno del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, que consta de cinco (5) capítulos y quince (15) artículos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación Publícase la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en los Portales Institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanza REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE DIRECCIÓN MIPYME EMPRENDEDOR CAPÍTULO I: FUNDAMENTOS Y ALCANCES Artículo 1º El presente Reglamento establece las normas relacionadas a la fi nalidad, conformación, funciones y operatividad del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor y se emite de conformidad con el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 225-2020-EF.