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65 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 El Peruano / Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 800 000,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 440 : Gobierno Regional de Amazonas 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Amazonas–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0721Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20479569861 Pliego 444 : Gobierno Regional de Ayacucho 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Ayacucho–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0770Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20452393493 Pliego 445 : Gobierno Regional de Cajamarca 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Cajamarca–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0775Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20453744168 Pliego 463 : Gobierno Regional de Lima 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Gobierno Regional LimaUnidad Ejecutora SIAF : N° 01027Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20530688390 Pliego 455 : Gobierno Regional de Moquegua 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Moquegua–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0880Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20519752604 Pliego 459 : Gobierno Regional de San Martín 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región San Martín–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0921Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20531375808 Pliego 460 : Gobierno Regional de Tacna 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Tacna–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0931Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20519752515 Pliego 462 : Gobierno Regional de Ucayali 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Ucayali–Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0942Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público–CUTRUC : N° 20393066386 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Lima, Moquegua, San Martin, Tacna y Ucayali, respectivamente, correspondientes al año 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1934336-1INTERIOR Aprueban modificación del Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0150-2021-IN Lima, 11 de marzo de 2021VISTOS: El Informe Nº 000004-2021/IN/PS2025 de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora Nº 037: PERÚ SEGURO 2025; el Memorando Nº 000250-2021/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000281-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 368-2019- EF de fecha 6 de diciembre de 2019 se aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”; Que, con fecha 27 de diciembre de 2019, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 4873/OC-PE, en el cual se estableció que el Ministerio del Interior, en su calidad de Organismo Ejecutor, debía constituir el Comité de Coordinación del Proyecto (CCP) precisando que sus funciones serían detalladas en el Manual Operativo del Proyecto (MOP) el cual requería para su aprobación la No objeción del BID; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 114-2020- IN se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora Nº 037: PERÚ SEGURO 2025 en el Pliego 007: Ministerio del Interior, la misma que se encuentra vinculada jerárquicamente al Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 126- 2020-IN, se aprobó el Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020- IN, se creó el Comité de Coordinación del Proyecto (CCP), el mismo que tiene entre sus funciones aprobar las modi fi caciones del Manual Operativo del Proyecto (MOP); Que, el numeral 3.3 del literal b) del punto 3 del Manual Operativo del Proyecto (MOP) vigente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 126-2020-IN, señala que el Contrato de Préstamo Nº 4873/OC-PE tiene la calidad de un convenio internacional y el MOP norma y establece las directrices y procedimientos que rigen la ejecución del proyecto. Por lo tanto, el orden jerárquico de aplicación de las normas que rigen la ejecución integral del proyecto son: (i) la Constitución de la República, (ii) el Contrato de Préstamo Nº 4873/OC-PE, (iii) las leyes y normativa de carácter nacional, relacionadas con las actividades de ejecución del proyecto, siempre y cuando no se contrapongan a lo establecido en el Contrato de Préstamo Nº 4873/OC-PE, y tomando en consideración el orden jerárquico de aplicación de dichas normas; Que, el numeral 1.5 del literal b) del punto 1 del Manual Operativo del Proyecto (MOP) vigente, aprobado