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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2021 (12/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano por Resolución Ministerial Nº 126-2020-IN, establece que será aprobado por la máxima autoridad del Ministerio del Interior, previa no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo – BID e iniciará su vigencia a partir de su aprobación por resolución administrativa; Que, el numeral 1.6 del literal b) del punto 1 del Manual Operativo del Proyecto (MOP) vigente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 126-2020-IN, señala que éste es susceptible de actualización o modi fi cación periódica si de la práctica o por nuevas necesidades o procedimiento surgen recomendaciones que mejoran la ejecución del proyecto. Para tal efecto la Unidad Ejecutora del Proyecto deberá realizar las modi fi caciones sugeridas las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Coordinación del Proyecto (CCP). Finalmente, la nueva versión del Manual Operativo del Proyecto (MOP) deberá ser formalizada por resolución administrativa del Ministerio del Interior y la Unidad Ejecutora del Proyecto será la encargada de socializar oportunamente la misma dentro de la institución; Que, con fecha 12 de febrero de 2021, se llevó a cabo la Primera Sesión del Año 2021 del Comité de Coordinación del Proyecto (CCP), en la cual se acordó aprobar la propuesta de modi fi cación del Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”; Que, mediante Carta Nº 283/2021 de fecha 16 de febrero de 2021, el Especialista Sectorial del Banco Interamericano de Desarrollo – BID comunicó la No Objeción de dicho organismo a la modi fi cación del Manual Operativo del Proyecto (MOP); Que, a través de Memorando Nº 000250-2021/IN/ OGPP de fecha 23 de febrero de 2021, la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite a la O fi cina General de Asesoría Jurídica el Informe Nº 000065-2021/IN/OGPP/OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, el cual contiene su opinión favorable respecto de la modi fi cación del Manual Operativo del Proyecto (MOP); Que, mediante Informe Nº 000281-2021/IN/OGAJ de fecha 3 de marzo de 2021, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la modi fi cación del Manual Operativo del Proyecto (MOP); Con la visación del Despacho Vicemininsterial de Seguridad Publica, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 368-2019-EF, que aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo; y, la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú”, que como Anexo se adjunta a la presente Resolución Ministerial y forma parte integrante de la misma. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1934284-1JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Cancelan título de Notario del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, Distrito Notarial de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0038-2021-JUS Lima, 4 de marzo de 2021VISTOS, el Informe Nº 03-2021-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el O fi cio N° 110-2021-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 117-2021-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0093-2014- JUS, de fecha 27 de febrero de 2014, se nombró al señor RAFAEL EDSON CHANGARAY SEGURA como Notario del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, Distrito Notarial de Loreto; Que, mediante o fi cio N° 054-C-2020-D-C.N.L. de fecha 21 de diciembre de 2020, el Colegio de Notarios de Loreto comunicó al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor RAFAEL EDSON CHANGARAY SEGURA, acaecido el día 04 de noviembre de 2020, solicitando la cancelación de su título de Notario; Que, mediante O fi cio N° 110-2021-JUS/CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe 03-2021-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título de Notario del señor RAFAEL EDSON CHANGARAY SEGURA; Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obran las copias del Acta de Defunción del señor RAFAEL EDSON CHANGARAY SEGURA expedida por el RENIEC; del Acta de Reunión Extraordinaria de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Loreto, por medio del cual se acordó comunicar al Consejo del Notariado que ha operado la causal de cese por muerte y nombrar administrador del acervo y archivos notariales del notario fallecido; así como de las actas de cierre de los registros; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modi fi cado por el Decreto legislativo N° 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el título de Notario del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, Distrito Notarial de Loreto, otorgado al señor RAFAEL EDSON CHANGARAY SEGURA. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Loreto, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ERNESTO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1934088-1