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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2021 (06/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Jueves 6 de mayo de 2021 El Peruano / en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.010, Condiciones Generales de Diseño del RNE, a fi n de recibir comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2014-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.010, Condiciones Generales de Diseño del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobada por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, y modi fi cada por el Decreto Supremo N° 005-2014-VIVIENDA, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas. Artículo 2.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes y sugerencias respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se reciban a través del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.010, Condiciones Generales de Diseño del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1950378-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz para financiar inversión en el marco del PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 038-2021-DV-PE Lima, 5 de mayo de 2021VISTO: El Memorando N° 000406-2021-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla la Inversión, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los que se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000007-2021-DV-HPO- OPP-UINV, la Unidad de Inversiones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica la Programación de las Inversiones para el año 2021, encontrándose entre ellas la Inversión: “Mejoramiento y ampliación de la cadena productiva de cacao en 19 localidades del distrito de Santa Cruz - provincia de Alto Amazonas - departamento de Loreto”; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2021, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Distrital de Santa Cruz para la ejecución de la precitada Inversión, hasta por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1’384,155.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000060-2021-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000344 y, la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Inversión; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Inversión detallada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos;