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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2021 (06/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 6 de mayo de 2021 / El Peruano efecto la credencial otorgada al señor regidor y convocar a la nueva autoridad acorde al artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.) y a la jurisprudencia del JNE (ver SN 1.4.) 2.2. Así, para completar el número de regidores, corresponde convocar a doña Maximiliana López Soto, identi fi cada con DNI Nº 71312848, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Llankasun Kuska, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pichirhua, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 09 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Abancay, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. 2.4. Sobre la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado (ver SN 1.6.), se advierte que la municipalidad no ha remitido el original del comprobante de pago respectivo, equivalente al 8,41 % de una UIT. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente la jurisprudencia del JNE (ver SN 1.5.), considera debe emitirse la credencial correspondiente, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Senovio Campos Pipa, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pichirhua, provincia Abancay, departamento de Apurímac, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte. 2. CONVOCAR a doña Maximiliana López Soto, identi fi cada con DNI Nº 71312848, a fi n de que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pichirhua, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, y a quien se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Pichirhua, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado el presente pronunciamiento, cumplan con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV) en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución Nº 539-2013-JNE. 2 Numeral 6 de la parte considerativa de las Resoluciones Nº 056-2016-JNE y Nº 150-2017-JNE; numeral 1.5 de la parte considerativa de la Resolución Nº 435-2021-JNE, publicada el 13 de abril de 2021, en el diario ofi cial El Peruano . 3 Aprobada por Resolución Nº 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 1950405-1 Convocan a fiscal superior para que asuma temporalmente el cargo de segunda miembro del Jurado Electoral Especial de Abancay, en el proceso de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN Nº 0507-2021-JNE Lima, cinco de mayo de dos mil veintiunoVISTA: la Resolución Nº 049-2021-P/JNE, del 4 de mayo de 2021, sobre licencia por enfermedad del magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, segundo miembro del Jurado Electoral Especial de Abancay, en el proceso de Elecciones Generales 2021. CONSIDERANDOS1.1. Para el proceso de Elecciones Generales 2021, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución Nº 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, estableció 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituyen los Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos temporales de justicia electoral de primera instancia, conformados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), teniendo como segundo miembro a un fi scal superior elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal correspondiente a su sede. 1.2. Así, el 9 de noviembre de 2020, se emitió la Resolución Nº 0440-2020-JNE, que declaró la conformación de los JEE, entre ellos, el JEE de Abancay, cuyo segundo miembro es el señor magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, quien se encuentra con licencia por enfermedad, del 4 al 16 de mayo de 2021, otorgada mediante la Resolución Nº 049-2021-P/JNE, del 4 de mayo de 2021. 1.3. En ese sentido, es necesario adoptar las medidas inmediatas para dotar al JEE de Abancay del quorum necesario para la emisión de pronunciamientos tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021 en el Contexto de la Emergencia Sanitaria, aprobado por Resolución Nº 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020; y, en consecuencia, conforme al artículo 34 de la LOJNE, convocar temporalmente al magistrado suplente elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, en este caso, la fi scal superior Miriam Hurtado Miranda. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. CONVOCAR a la fi scal superior Miriam Hurtado Miranda, elegida por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, para que asuma temporalmente el cargo de segunda miembro del Jurado Electoral Especial de Abancay, en el proceso de las Elecciones Generales 2021, desde su incorporación y mientras dure la licencia por enfermedad del titular, magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias. 2. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de