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53 NORMAS LEGALES Jueves 6 de mayo de 2021 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De conformidad con las atribuciones de este órgano colegiado (ver SN 1.2.) corresponde al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones acreditar al accesitario que ejercerá la función congresal en reemplazo del señor congresista, por el periodo que dure su suspensión. 2.2. Ello, de acuerdo con la información de la votación preferencial obtenida por los candidatos de la organización política Unión por el Perú, en el distrito electoral de Arequipa, conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de la Elección de Congresistas de la República, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, el 28 de febrero de 2020 y correspondiente al proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 2. 2.3. En el citado proceso electoral los candidatos al Congreso de la República, inscritos por la organización política Unión por el Perú para el distrito electoral de Arequipa, obtuvieron la siguiente votación preferencial: 2.4. Luego del procedimiento para la distribución de escaños congresales en el distrito electoral de Arequipa, resultaron proclamados dos candidatos de la citada organización política: don Edgar Arnold Alarcón Tejada y don Hipólito Chaiña Contreras. 2.5. Al haberse declarado la suspensión del ejercicio de los derechos y los deberes funcionales del primero, y teniendo en cuenta que mediante la Resolución Nº 0308-2021-JNE, del 4 de marzo de 2021, se dejó sin efecto la credencial de don Hipólito Chaiña Contreras, por fallecimiento, convocándose y acreditándose a don Benigno Leonel Cabrera Pino, en su lugar a fi n de completar el periodo constitucional 2016-2021; corresponde convocar y acreditar a quien obtuvo la siguiente votación preferencial en la misma lista (ver SN 1.1.), esto es, a don Héctor Jesús Arias Cáceres, identi fi cado con DNI Nº 29672506, para que ejerza el cargo de congresista de la República por el periodo que dure la suspensión del señor congresista y en el marco del respectivo periodo constitucional. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Edgar Arnold Alarcón Tejada, como congresista de la República, con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, por el periodo que dure su suspensión. 2. CONVOCAR a don Héctor Jesús Arias Cáceres, identi fi cado con DNI Nº 29672506, para que asuma el cargo de congresista de la República, por el periodo que dure la suspensión citada en el artículo precedente y considerando el periodo constitucional 2016-2021, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. PONER la presente resolución en conocimiento del Congreso de la República y del interesado. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Parte pertinente. En: http://spijlibre.minjus.gob.pe/normativa_libre/main.asp 2 Proceso electoral realizado para elegir a los parlamentarios que completasen el periodo 2016-2021. 1950199-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN Nº 0504-2021-JNE Expediente JNE.2021042321 YAULI - HUANCAVELICA - HUANCAVELICAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, treinta de abril de dos mil veintiuno VISTO: el O fi cio Nº 001-2021-SG-MDY/HVCA, presentado por don Ángel Soto Ataypoma, secretario general de la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica (en adelante, señor secretario), quien informa sobre la vacancia de don Juan Clemente Acuña, regidor del Concejo Distrital de Yauli (en adelante, señor regidor), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley