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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2021 (13/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 El Peruano / evaluar la implementación de las propuestas de servicio educativo y las propuestas, planes o modelos de gestión escolar, así como de efectuar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos y asegurar la rendición de cuentas de los recursos fi nancieros otorgados en la subvención; asimismo, indica que mediante resolución de su titular, establece los requisitos y disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos fi nancieros otorgados mediante subvenciones, y señala que la referida resolución debe emitirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario desde la vigencia de la citada ley; precisando además que dichos recursos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su otorgamiento conforme al citado artículo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 095-2021-MINEDU, se aprueba la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fi nes de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”; Que, el artículo 123 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural es responsable de formular e implementar articuladamente las políticas, planes, propuestas pedagógicas de los servicios educativos brindados en instituciones educativas multigrado monolingüe castellano; así como los servicios educativos especí fi cos para el ámbito rural; y que depende de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; Que, mediante el Informe Nº 00255-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DISER y los O fi cios N° 00067-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER y N° 00069-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, sustenta la necesidad de incorporar el sub numeral 7.6 en el numeral 7 de las disposiciones complementarias de la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fi nes de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 095-2021-MINEDU; conforme a las opiniones favorables emitidas por la O fi cina General de Administración, la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, la Dirección de Educación Primaria, la Dirección de Educación Secundaria, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, en el marco de sus competencias y como órganos y unidades orgánicas involucradas; Que, con Memorándum N° 00216-2021-MINEDU/ SPE-OPEP, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, remite el Informe N° 00503-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, a través del cual considera factible continuar con el trámite de la incorporación del sub numeral 7.6 en el numeral 7 de las Disposiciones Complementarias de la Norma Técnica antes citada, en la medida que se encuentra alineada con los instrumentos estratégicos institucionales del Sector Educación y no irroga gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, con el Informe N° 00595-2021-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de vistos, opina que la incorporación de la disposición complementaria en Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 095-2021-MINEDU, resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad, con lo previsto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley 28044, Ley General de Educación; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 095-2021-MINEDU, que aprueba la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fi nes de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar el sub numeral 7.6 en el numeral 7 de las Disposiciones Complementarias de la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fi nes de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 095-2021-MINEDU, conforme al Anexo que forma parte integrante a la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1952467-1 ENERGIA Y MINAS Dictan medidas para asegurar la continuidad del abastecimiento de gas natural DECRETO SUPREMO N° 010-2021-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley