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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2021 (13/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 El Peruano / 3.4 La CONADIH, previo acuerdo de sus integrantes, puede convocar a expertos y especialistas de otras entidades públicas, privadas, sociedad civil, organismos internacionales y del ámbito académico, para que participen como invitados en sus sesiones y contribuyan ad honorem al cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 4.- Designación o rati fi cación de representantes y representatividad 4.1 Los ministerios señalados en el numeral 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Supremo, designan o rati fi can, según corresponda, mediante Resolución Ministerial a sus representantes titular y hasta un máximo de dos alternos/as, la misma -que es comunicada a la Presidencia y a la Secretaría Técnica de la CONADIH, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma. 4.2 Las entidades señaladas en los literales i), j), k), l) y m), del numeral 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Supremo, acreditan o rati fi can a sus representantes titular y alterno/a mediante comunicación escrita por parte del/de la titular o representante de la entidad dirigida a la Presidencia y a la Secretaría Técnica de la CONADIH, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo precedente. 4.3 Los ministerios y las entidades señaladas en el numeral 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Supremo, en caso varíen a sus representantes designados/as o ratifi cados/as, sea que se trate de titulares o alternos/ as, deben comunicarlo a la Presidencia y a la Secretaría Técnica de la CONADIH dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de ocurrida tal variación. 4.4 La designación de los y las representantes de los y las integrantes se hace en función del cargo. Excepcionalmente, dicha designación puede hacerse en función de la persona que ocupa un determinado cargo. Artículo 5.- Presidencia de la CONADIH La Presidencia de la CONADIH está a cargo del Viceministro o la Viceministra de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la CONADIH está a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual se encarga de brindar apoyo técnico y administrativo para el funcionamiento de la Comisión. Artículo 7.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones de la CONADIH se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de los/as integrantes que conforman dicha Comisión, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 8.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios cuyos/as titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 9.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministro de Cultura. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Reglamento Interno El Reglamento Interno de la CONADIH es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación del presente Decreto Supremo, sobre la base de la propuesta que remita la CONADIH en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde la vigencia de esta norma. El Reglamento Interno contiene disposiciones para la correcta institucionalización y funcionamiento de la CONADIH. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguese la Resolución Suprema N° 234-2001- JUS, que establece la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario; la Resolución Suprema Nº 062-2008-JUS, que modi fi ca la conformación de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario; y, la Resolución Ministerial N° 240-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario–CONADIH. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1952568-8 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 094-2021-JUS Lima, 12 de mayo de 2021VISTO; el Informe Nº 063-2021/COE-TPC, del 12 de abril de 2021, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ALEX RONALD VILLANUEVA OBREGÓN a la República Italiana, formulada por la Primera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Ysabel Hidalgo Flores;