TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 El Peruano / Modifican la Directiva N° 001-2020- EF/54.01 denominada “Procedimientos para la Gestión de Biene s Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE” y su Anexo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0008-2021-EF/54.01 Lima, 11 de mayo de 2021 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, el Sistema Nacional de Abastecimiento es el sistema administrativo conformado por el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras orientados al logro de los resultados, a través de los procesos de la Cadena de Abastecimiento Público; Que, conforme con el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, la Dirección General de Abastecimiento es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico - normativa en materia de abastecimiento, encargada de proponer políticas, dictar normas y procedimientos para la conducción de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público; así como, monitorear, supervisar y evaluar la gestión de dichas actividades; Que, asimismo, el Decreto Legislativo N° 1439 señala que el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes, siendo que este último componente incluye a los bienes inmuebles y muebles; Que, con relación al componente de Administración de Bienes del Sistema Nacional de Abastecimiento, corresponde a la Dirección General de Abastecimiento regular el procedimiento para la gestión de los bienes califi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), pues constituyen bienes muebles por las características señaladas en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF; Que, en ese marco, la Dirección General de Abastecimiento, mediante Resolución Directoral N° 008- 2020-EF/54.01, aprueba la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales cali fi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE” (en adelante, Directiva N° 001-2020-EF/54.01), la cual tiene por objeto regular los procedimientos para la gestión de los bienes muebles cali fi cados como RAEE, a fi n de prevenir impactos negativos en el medio ambiente y garantizar la trazabilidad del manejo de bienes cali fi cados como RAEE; Que, el inciso 7.2 de la Directiva N° 001-2020- EF/54.01, regula el procedimiento para la donación de bienes muebles cali fi cados como RAEE, indicando en el literal d) del numeral 7.2.5 del inciso 7.2 que la solicitud de donación se dirige a la entidad propietaria de los bienes califi cados como RAEE, acompañando, entre otros documentos, la copia de la Resolución que aprueba el Plan de Manejo de RAEE y el informe que lo sustenta expedido por el Ministerio del Ambiente (MINAM), requisito exigido en el marco del Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM, que aprueba el Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, que establece como función del MINAM, entre otras, la aprobación de los Planes de Manejo de RAEE y sus actualizaciones; Que, mediante O fi cio N° 00242-2021-MINAM/VMGA/ DGRS, la Dirección General de Residuos Sólidos del MINAM comunica que la aprobación de los Planes de Manejo de RAEE y sus actualizaciones se efectúa mediante carta aprobatoria conforme a la competencia otorgada al mencionado Ministerio, a través del Decreto Supremo N° 009-2019-MINAM; por lo que, resulta necesario modi fi car el literal d) del numeral 7.2.5 del inciso 7.2 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01, a fi n de considerar el documento emitido por el MINAM; Que, adicionalmente, se requiere modi fi car la denominación, el acápite I, y, los incisos 7.1, 7.2, y 7.3 del acápite VII de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 a fi n de adecuar los términos utilizados en dicha Directiva a las disposiciones del Sistema Nacional de Abastecimiento, disponer la información que se debe consignar en la relación de los bienes cali fi cados como RAEE, regular lo referido a los bienes sobrantes cali fi cados como RAEE, ampliar el plazo para la publicación en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas de la documentación que remitan las entidades, y modi fi car el Anexo de la referida Directiva; Que, la Dirección de Bienes Muebles sustenta la necesidad de modi fi car la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 y su Anexo, por cuanto coadyuvan y optimizan el procedimiento de donación de bienes muebles cali fi cados como RAEE, las cuales son legalmente viables, conforme a lo indicado por la Dirección de Normatividad; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF-41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente Resolución Directoral tiene por objeto modi fi car la denominación, el acápite I, los incisos 7.1, 7.2, y 7.3 del acápite VII de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales cali fi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”, y, su Anexo, aprobados mediante Resolución Directoral N° 008-2020-EF/54.01. Artículo 2.- Modi fi cación de la denominación de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 Modi fi car la denominación de la Directiva N° 001- 2020-EF/54.01, la cual queda redactada conforme al siguiente texto: “ Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles cali fi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE ”. Artículo 3.- Modi fi cación del acápite I y de los incisos 7.1, 7.2 y 7.3 del acápite VII de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 Modi fi car el acápite I, y, el inciso 7.1, los numerales 7.2.1, 7.2.2, 7.2.3 y 7.2.5 del inciso 7.2, y el numeral 7.3.1 del inciso 7.3 del acápite VII de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 denominada “ Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles cali fi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE ”, conforme al siguiente texto: “I. OBJETO Regular los procedimientos para la gestión de los bienes muebles cali fi cados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE, a fi n de prevenir impactos negativos en el medio ambiente y garantizar la trazabilidad del manejo de bienes cali fi cados como RAEE. (…) VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7.1 Sobre la baja de bienes muebles cali fi cados como RAEE La OCP, mediante informe técnico sustenta la baja de bienes por causal de RAEE y lo remite a la OGA, para su aprobación, adjuntando la relación detallada de los bienes califi cados como RAEE, de acuerdo al Anexo I. De ser