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45 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de noviembre de 2021 El Peruano / favorable en relación al pedido de desafectación requerida por el administrado, determinando que dicho terreno forma parte de los Aportes para Recreación Pública, y teniendo en cuenta que el Asentamiento Humano AAHH Virgen del Carmen, Pamplona Alta, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima presenta défi cit de áreas destinadas para Recreación Pública y el predio materia de consulta está considerado como Parque/Jardín; Que, la División de Desafectaciones en su Informe N° 014-2019-MML-GDU-SPHU-DD, de 14 de enero de 2019, señala que, de la inspección ocular realizada, y en concordancia con las opiniones técnicas materia de autos, concluye en declarar no viable la petición de desafectación formulada por los recurrentes, por no encontrarse enmarcada en ninguna de las causales señaladas en el Artículo 28 de la Ordenanza N° 296; Que, mediante Informe N° 297-2020-MML-GDU- SPHU-AL de 31 de julio de 2020, , el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, concluye que, en base a los informes técnicos materia de la presente evaluación y al encontrarse enmarcada en las causales señaladas en el Artículo 28 de la Ordenanza N° 296, resultaría desfavorable la desafectación del terreno con un área de 160.00 m2, constituido por el Parque N° 3 destinado al uso de Áreas Verdes conformante del Área de Aporte para la Recreación Pública del AA. HH Virgen del Carmen, Pamplona Alta, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Dictamen N° 018-2021-MML-CMDUVN de 17 de febrero de 2021, la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura propone al Concejo Metropolitano Rati fi car el Dictamen N° 141-2020-MML-CMDUVN y declare favorable la solicitud de Desafectación de uso de suelo con fi nes de vivienda, para un área de 160.00 m2, constituido por el Parque N° 3 destinado al uso de Áreas Verdes, conformante del Área de Aporte para la Recreación Pública del AA. HH Virgen del Carmen, Pamplona Alta, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima; precisando además que se le asigna la cali fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), la cual deberá ser incorporada en el plano de zoni fi cación del distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 018-2021-MML-CMDUVN de 17 de febrero de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE USO DE SUELO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo 1. Declarar favorable la petición de desafectación de uso a vivienda del terreno de 160.00 m2, constituido por el Parque N° 3 destinado al uso de Áreas Verdes, conformante del Área de Aporte para la Recreación Pública del AA. HH Virgen del Carmen, Pamplona Alta, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, asignándole la califi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), la cual deberá ser incorporada en el plano de zoni fi cación del distrito de San Juan de Mira fl ores, formulada por el señor Daniel Ricardo Villegas Hummel, a través del expediente N° 159833-2018 Artículo 2. Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de su Unidad Orgánica correspondiente, el cumplimiento acordado en el presente, respecto de los temas de su competencia. Artículo 3. Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2006840-3 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Villa El Salvador aprobado por Ordenanza N° 933 ORDENANZA N° 2400-2021 Lima, 28 de octubre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, mediante la Ordenanza Nº 933, publicada en el Diario El Peruano el 5 de mayo de 2006, que Aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de Villa El Salvador, conformante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, con expediente Nº 218609-2019 de 4 de julio de 2019, el señor Juan Carlos La Rosa Salvador, propietario del predio de 899.50 m2 ubicado en la Posesión Informal Asociación de Vivienda Santa Rosa Llanavilla Mz. C, lote 1-2-3-31, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, solicita el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ); de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086 norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1100-2019-MML-GDU-SPHU de 26 de