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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (05/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 5 de noviembre de 2021 El Peruano / con carácter exclusivo o compartido, en materia de servicios públicos locales, la función de seguridad ciudadana; Que, mediante la Ley N° 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modi fi catorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional; asimismo, comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; Que, el literal d) del artículo 4° del citada ley, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana y cuentan con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución; Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN de fecha 20 de diciembre de 2009, se aprueba entre otras, la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, la mencionada Directiva tiene como fi nalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019- 2023 enfoque transversal de salud pública, enfoque territorial y descentralizado, enfoque transversal de articulación interinstitucional, enfoque de género, enfoque de interculturalidad, enfoque transversal de presupuesto, seguimiento y evaluación; y tiene alcance nacional, siendo de cumplimiento obligatorio, entre otros, por los órganos de ejecución de Seguridad Ciudadana del ámbito distrital, en el marco de sus competencias; Que, el numeral 7.6 de la citada Directiva N° 011-2019-IN- DGSC, establece que declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, se propone ante el Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza, incorporando el (PADSC) al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante Carta Externa N° 22115-2021 de fecha 01 de octubre de 2021, se recibe el O fi cio Nº D001259-2021-MML-GSGC, suscrito por el Gerente de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, mediante el que declara al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del CODISEC Mira fl ores como “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 032-2021-MMLGSGC-STCSC-OCM emitido por el Jefe de la O fi cina de Coordinación Multisectorial de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Memorando N° 422-2021-GSC/MM de fecha 07 de octubre de 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana informa que ha cumplido con elaborar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2022, de acuerdo con la normativa y metodología vigente, el mismo que fue aprobado por unanimidad por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Mira fl ores y declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, como ente jerárquico superior. Que, a través del Informe N° 222-2021-GAJ/MM de fecha 18 de octubre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede legalmente la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2022 por el Concejo Municipal, conforme a sus atribuciones, el cual debe materializarse mediante ordenanza, de acuerdo a lo señalado en el numeral 7.6.2 del inciso 7.6 de la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana” y en concordancia con el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA MIRAFLORES 2022 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2022, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Mira fl ores y declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, conforme a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación conjuntamente con el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Mira fl ores 2022, en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Mira fl ores, 30 de octubre de 2021 LUIS MOLINA ARLES Alcalde 2007338-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000303/MDSA, que aprobó la “Amnistía General Tributaria 2021” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000013-2021/MDSA Santa Anita, 30 de octubre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe Nº 0271-2021-SGRCRT/GSAT/ MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Memorándum Nº 550-2021-GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº 590-2021-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 864-2021-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 000303/MDSA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 02 de abril